El bloque político del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en el Ayuntamiento del Distrito Nacional ha advertido,según el diario «Hoy Digital», a la empresa Norberto Odebrecht de que podría emprender acciones judiciales contra ella si continúa reordenando el tráfico de la Capital sin haber puesto en conocimiento de ello al Consejo de Regidores.

El portavoz de la formación, César Cabrera leía, en rueda de prensa, un documento en el que los concejales del partido solicitaban al alcalde, Roberto Salcedo, que impida a la empresa foránea Odebrecht seguir realizando unos cambios que van contra la ley municipal establecida en la Capital y que se obran obviando las facultades otorgadas a la autoridades locales.
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Los accidentes de tránsito en Chile, se han incrementado considerablemente en los últimos años, encontrando como las causas principales descuidos y evasiones a los reglamentos de tránsito. El análisis de esta situación, dió como resultado que el gobierno actualizará las reglas de tránsito en Chile y endureciera las sanciones penales y económicas.
Los artículos relativos a la regulación vial se presentan a continuación.
- Artículo 1º. Bajo la presente ley de tránsito quedan sujetas todas las personas, peatones, pasajeros o conductores de cualquier clase de vehículo que transiten por las calles, y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares de todo el territorio de la República.
- Artículos correspondientes a las señales de tránsito para calles y carreteras, en este punto, el departamento de Seguridad vial de la Dirección de Vialidad, pone a disposición de la comunidad el listado de señales vigentes, para autopistas y otros de gran utilidad.
- Artículo 3º. Las municipalidades dictarán las normas específicas para regular el funcionamiento de los sistemas de tránsito en sus respectivas poblaciones.
- Artículo 6º. Los conductores de vehículos motorizados o de tracción animal, deben de poseer licencia, permiso o boleta de citación o algún documento que los habilite para conducir. Además, deben de tener la póliza del seguro obligatorio contra accidentes, en etapa vigente.
- Artículo 21. No se otorgará licencia de conductor a quien carezca de aptitudes físicas o mentales que lo habiliten para conducir un vehículo motorizado.
- Artículo 74. Los vehículos motorizados deberán utilizar señalizadores eléctricos de viraje, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 142.
- Artículo 77. Las motocicletas, motonetas, bicimotos, triciclos y bicicletas, no podrás usarse para llevar mayor número de personas para el que fueron diseñados y equipados.
- Artículo 84. Los conductores de motocicletas, motonetas y bicimotos, deberán utilizar el casco protector reglamentario al igual que el acompañante.

En Bolivia la población está sujeta a cumplir las reglas que dicta la legislación vial, misma que fue elaborada para crear las normas de convivencia y urbanidad entre las personas que habitaban en las diferentes áreas bolivianas.
Esta reglamentación se actualizó y requirió cambios, con el incremento de la población y de los diferentes sistemas de transporte, estos últimos dieron origen a una nueva normatividad, denominada legislación vial que hasta ahora incluye diversos artículos vinculados a los peatones, conductores, automóviles, camiones y registros, entre otros.
La legislación Boliviana contempla lo siguiente:
- Artículo 69 Seguridad Vial: en materia de seguridad vial, se desarrollaran anualmente planes y proyectos para disminuir el tráfico y construir reductores de velocidad.
- Artículo 70. Regulación de tránsito. Aplicar el reglamento de ley para regular la circulación de peatones, vehículos motorizados y no motorizados, límites de velocidad máximos y mínimos y todo lo relacionado con la red vial.
- Artículo 50. Peatones. Son peatones todas las personas que transitan a pie, las personas con discapacidad que circulan en una silla de ruedas con motor o sin él, que transitan por la vía pública y que tienen que acatar las leyes que rigen para el tránsito urbano.
- Artículo 51. Derechos del peatón.
Todo peatón ejerce los derechos siguientes
- Circular en espacios públicos exclusivos que garanticen su seguridad y libre circulación.
- Ser considerados dentro de la planificación urbana, con un trato equitativo en el diseño de la red vial.
- Derecho preferente de paso sobre los vehículos motorizados en la red vial, respetando la señalización y las reglas de circulación.
- Derecho preferente de paso sobre las bicicletas en las aceras.
- Transitar en un medio saludable y gozar del espacio público, bajo condiciones de bienestar psicológico y físico
- Circular libre de restricciones, por las aceras, pasos peatonales y por todas las infraestructuras destinadas para el uso del peatón, salvo las indicadas por las autoridades competentes.

El gobierno de Paraguay ha integrado al país al programa creado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), denominado el decenio de la seguridad vial 2011-2020, cuyo objetivo es reducir al 50% las muertes causadas por los accidentes viales. Discurriendo este mismo objetivo, el país paraguayo y Copetrol (compañía petrolera paraguaya), han firmado un convenio con el consejo nacional de seguridad vial y el ministerio de obras públicas y comunicaciones, encauzados en lanzar una campaña de responsabilidad social-vial.
Bajo el lema “Avanzá con seguridad”, la campaña trata de concienciar a la población acerca de la importancia de respetar las reglas de tránsito para evitar accidentes, iniciando con los motociclistas.Los datos estadísticos, muestran que los accidentes viales están entre las primeras causas de muerte. No obstante, las contingencias son atribuidas a escasos conocimientos para conducir, a que los peatones y conductores no acatan las reglas de tránsito. La campaña planea distribuir carteles en las rutas y en las zonas urbanas, también proporcionar folletos para recordar las reglas básicas de tránsito y la escala de importancia de las señales. La ciudadanía, debe de comprometerse a prevenir los accidentes fomentando el respeto a las reglas de tránsito.
Reglas de tránsito particulares para motociclistas
- Para sobrevivir en moto, usa el equipo de protección adecuado.
- Recordar que la moto es un vehículo invisible, no sumir que los conductores te ven o te vieron.
- Vigilar a los demás, no suponer que el resto de los conductores son racionales, hay que manejar a la defensiva, “Nunca poner tu vida en sus manos”. 4) Observar y revisar, constantemente el camino.
- Conocer lo que hay detrás de ti.
- Vigilar los coches que cambian de carril y dan vuelta, son la causa de accidentes, si es necesario baja la velocidad.
- Nunca jugar carreras y no acelerar inesperadamente.
- Siempre respetar las señales de tránsito.
Las autoridades guayaquileñas han evaluado como positivas las consecuencias de la campaña de educación y concienciación dirigida a los conductores que se emprendía hace un mes. La susodicha campaña se orientaba hacia el respeto de los límites de velocidad. Tales declaraciones se recogen en el diario ecuatoriano “El Comercio”.

Atendiendo a lo que dice la Comisión de Tránsito de Ecuador (CTE), en los dos primeros días de operativo no se habían producido detenciones relacionadas con el artículo 145 de la Ley de Tránsito. Este apartado sanciona con penas de tres días de cárcel a quienes excedan los límites de velocidad moderada.
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