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2012 8 Ago

 

 

El congreso de Guadalajara Jalisco ha avalo una de las modificaciones a la Ley de los Servicios de Vialidad y Tránsito en Guadalajara.

Esta modificaciones, especifica que todos los automovilistas deberán e contar con una póliza de seguro para cubrir daños en caso de un accidente de tránsito.

 

Póliza obligatoria

Para poder realizar el pago del refrendo vehicular en Jalisco es necesario que el dueño del automóvil cuente con una póliza de seguro que cubra al menos los daños a terceras personas en un accidente de tránsito.

Jesús Casillas es diputado del congreso de Jalisco quien explica que las pólizas de daños a terceros actualmente no son nada caras, por lo que no debe causar ningún problema y  todos los automovilistas puedan contar con su póliza de daños a terceros. De esta forma se garantiza el pago de daños en caso de un accidente de tránsito.

Aunque lo más recomendable es no solo contar con una póliza de daños a terceros, si no que se tenga una mayor cobertura en caso de accidente de tránsito.

La nueva ley de Servicios de Vialidad y Tránsito, deberá entrar en vigor en aproximadamente 60 días, un tiempo bástate largo para que el 100% de los automovilistas puedan ir con la aseguradora y contratar una póliza como mínimo con cobertura a daños a terceros.

Estas medias en la ley, deben ser positivas y no deben ser tomadas como un gasto innecesario, ya que uno nunca sabe cuándo se puede necesitar una póliza. Los accidentes están a la orden del día y más vale estar bien prevenidos.

Muchos usuarios están inconformes por la nueva ley de póliza de seguro, a la larga es una buena inversión y si es víctima de un accidente de tránsito quien pagara los daños ocasionados a terceros será el seguro.

2011 8 Jul

La Organización Mundial de la Salud, a través de la Organización Panamericana de la Salud, se encarga de revisar constantemente las legislaciones de los distintos países de América Latina, sugiriendo estándares mínimos que ofrezcan seguridad vial a los habitantes de dichos países.

Una de las cuestiones que más atención ha recibido de dicho Organismo Internacional, es el seguro de responsabilidad civil. Considerado como la solución más común a la que recurren diversos ordenamientos jurídicos en América Latina, es el medio óptimo para delimitar responsabilidades, ya que se cubren los gastos funerarios, médicos e incluso costos materiales que puedan sufrir las víctimas de un siniestro. Desafortunadamente, un gran número de vehículos no son asegurados y en algunas ocasiones, las empresas que cuentan con una concesión para transporte público, tienen pólizas vencidas o no ofrecen dicho seguro a sus pasajeros.

El problema es que en América Latina, las condiciones económicas en muchos casos no permiten que los conductores o las empresas, adquieran dicho seguro, y en el resto de los casos es simplemente irresponsabilidad. Si bien es cierto que este seguro es solamente obligatorio para aquellas personas físicas o morales que cuentan con una concesión de transporte público, su objetivo es procurar la seguridad de las víctimas en caso de que se produzcan lesiones o daños, siendo muy útil para el resto de la población que cuenta con un automóvil. La Organización Panamericana de la Salud señala que Haití, Honduras, Cuba, Uruguay y Paraguay, no cuentan con legislación alguna referente al seguro de responsabilidad civil, dejando en total indefensión a las víctimas de accidentes viales. En el resto de los países de América Latina, aún con ciertas variaciones en cuanto a los alcances de las coberturas de el referido seguro, existe legislación al respecto, aunque en países como Ecuador, Guatemala, México, Nicaragua, Panamá, República Dominicana y Venezuela, el supuesto jurídico no se encuentra vigente.