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Propuesta de ley de tránsito en Nicaragua será analizada

La policía nacional de Nicaragua ha propuesto una reforma a la ley de tránsito. Por lo que varias instituciones tanto publicas como privadas entre las que se incluye la Comisión de Gobernación de la Asamblea Nacional, han decidido analizar a fondo la propuesta.

En la propuesta se tratan temas del aumento gradual a las multas de tránsito y penas más altas a los infractores que violen algún artículo de la ley.

En análisis de la propuesta comenzara de acurdo a un cronograma bien elaborado donde los ministerios de, Gobernación, Transporte, Hacienda, salud, aseguradoras privadas, organizaciones de transportistas estarán participando.

Por el momento solo se ha diseñado el cronograma para que los organismos analicen a detalle la propuesta. Ya que será hasta el regreso de vacaciones cuando se comience con el cronograma esto en el mes de septiembre explicó Filiberto Rodríguez.

Una de las modificaciones que quiere aplicar la policía nacional en la ley de tránsito es que sea sancionado el conductor que sea sorprendido conduciendo en estado de ebriedad. Por lo que puede pagar una multa de $2500 y pasar de 6 a un año en la cárcel.

Aquellos motociclistas que no porten el casco de seguridad tendrán que pagar una multa de $500, la multa para quien conduzca a exceso de velocidad subirá de $1500 a $2500.

La policía nacional propone modificar la ley 431 de tránsito y con ello busca disminuir los accidentes de tránsito que se registran en el país y es una de las causas principales de muerte en la nación. Las propuestas son buenas. Sin embargo se quiere analizar a fondo para determinar si es viable o no el aumento de multas y penas más severas.

Juan Ramón Grádiz, comisionado general e inspector de la Policía Nacional, argumenta que es necesario que la propuesta de ley sea aprobada debido a la gravedad del asunto en cuestión de seguridad vial.

Artículos de importancia en la ley de tránsito de Chile

En Chile la ley de tránsito fue decretada en el año de 1984. Por lo que desde ese año la ley ha sufrido varias medicaciones importantes, es necesario que se conozcan artículos importantes de esta ley que a continuación se mencionan.

Artículos de la ley de tránsito

El Artículo 5 menciona que no se podrá conducir algún vehículo sin contar con una licencia otorgada por el Director del Departamento de Tránsito y Transporte Público Municipal, de algún centro municipal que esté autorizado para la entrega.

El Artículo 18 menciona que la licencia de conducir es indefinida, siempre y cuando el conductor cumpla con los requisitos que establece la ley.

El Artículo 21 menciona que se le negara el otorgamiento de licencia de conducir a la persona que tenga carencias en aptitudes físicas o psicológicas, esto porque hacen de la conducción del vehículo un peligro para los demás.

El Artículo 45 menciona que los vehículos motorizados tienen prohibido circular sin la palca única, permiso de circulación y la póliza del seguro obligatorio de accidentes.

El Artículo 56 menciona que los automóviles deberán de cumplir con una serie de requisitos técnicos que aseguren que el vehículo está en perfecto estado y cumple los requisitos de seguridad mínimos que establece  el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

El Artículo 61 menciona que queda prohibido transportar personas en vehículos de carga y en caso de ser necesario se deberán respetar ciertos protocolos de seguridad.

El Artículo 80 menciona que esta prohibido que se transporten animales de uso doméstico en los asientos delanteros. Para su trasportación en la parte trasera de vehículos, tales como camionetas deberán de ir asegurados con arnés.

El Artículo 82 menciona los automóviles deberán de estar ajustados mecánicamente para que no emitan gases contaminantes.

El Artículo 124 menciona que el conductor deberá de rebasar a un vehículo únicamente por la izquierda.

 

Aspectos importantes de la ley de alcohol en Chile

La Ley de alcohol Tolerancia Cero entro en vigor en el mes de marzo de 2012. Por lo que muchos aspectos cambiaron para bien, algo que muchos desconocen por lo que a continuación se describirán los cambios más importantes en la nueva ley.

Aspectos importantes

En caso de que el conductor consuma en estado de ebriedad pero no llegue a causar algún daño, se le dará una pena de presidio de entre 61 a 541 días. Será multado con unidades tributarias mensuales que van desde las 2 a 10 unidades.

Se le puede llegar a suspender la licencia de conducir por un periodo de 2 años en caso de ser  la primera vez que comete la infracción y 5 años de suspensión en caso de reincidir en la violación de ley. Si el conductor después de la segunda vez no entiende y reincide una tercera vez entonces se procede a cancelar la licencia de conducir.

En caso de conducir bajo efectos del alcohol y causar daños. Entonces la pena de presidio ira de los 541 días a 3 años dependiendo del daño. Las multas serán de 4 a 12 unidades tributarias mensuales.

La licencia de conducir de entrada se le suspenderá por un periodo de 1 año y medio, si los daños son menores y 5 años si son graves. En caso de causar la muerte a una tercera persona el conductor deberá de pasar en presidio una codena de 3 a 5 años y pagar una multa de 20 unidades tributarias mensuales. Además de la cancelación de por vida de la licencia de conducir.

Con la nueva ley de redujo el limite máximo permitido de consumo de alcohol por el conductor, acto que es vigilado por Carabineros pro medio de pruebas respiratorias utilizando el medidor de alcoholemia. En caso de dar positivo se aplicarán las sanciones descritas dependiendo el caso.

 

Normatividad  para resaltos reductores de velocidad en Chile

A partir del 6 de marzo del presente año 2013, en Chile se estableció una nueva normativa para resaltos reductores de velocidad. La nueva normativa bajo el régimen del decreto 200/11, ha retemplado a la normativa que se estableció en el año de 1996.

Lo que se le conoce como lomos serán reducidos a 7.5 centímetros, ya que anteriormente eran de 9 centímetros, el diseño de los lomos serán diferentes en forma de curva, con una cima redondeada y una pendiente suave, estos cambios se pensaron en beneficiar a los automóviles y evitar que se dañe su carrocería. En el anterior  diseño de lomos era muy común que los automóviles se dañaran en la parte de carrocería.

Los nuevos reductores de velocidad serán colocados en las zonas escolares principalmente y en algunos municipios se les pedirá que comprueben que los accidentes de tránsito son elevados y se asocian por conducir a exceso de velocidad.

Es necesario que en la vialidad ocurra un accidente de tránsito en el último año para poder instalar el reductor de velocidad.

En las vialidades el reductor deberá de estar colocado a no menos de 30 metros de los pasos ceras  y semáforos. En caso de una línea de ferrocarril la distancia se acorta a no menos de 25 metros.

Los reductores de velocidad ayudaran a los automovilistas a frenar a tiempo antes de llegar a un cruce peatonal, semáforo o zona escolar. Es muy importante que no se crucen estos reductores a gran velocidad, que si bien ya han sido mejorados para no dañar la carrocería no significa que no le pasara nada al automóvil.

Se espera que los accidentes viales sean disminuidos con los nuevos reductores de velocidad de la normatividad que entro en funcionamiento en marzo. Los conductores deben comprender que los reductores son para evitar que se conduzca a exceso de velocidad.

Propuesta de ley de tránsito en Oaxaca México

Gabino Cué Monteagudo, gobernador del Estado de Oaxaca envió la propuesta de ley de tránsito al pleno de la LXI Legislatura del Estado, donde explica las modificaciones que deben hacerse a la actual ley de tránsito vigente.

La finalidad de hacer una modificación a la ley de tránsito del Estado es que se logre tener un servicio de transito de calidad y cumpla con las necesidades que la ciudadanía requiere. Así como los conductores de automóviles y peatones puedan contar con mayor seguridad vial en las vialidades del Estado.

Los argumentos que se especifican en la propuesta de ley son el alto crecimiento de la población en los últimos años, incremento del parque vehicular en los principales centros urbanos, lo que conlleva a que se modifique la ley actual.

Es necesario que se creen instrumentos de control vehicular adecuados a la actualidad y sentar bases sólidas de cultura vial en las nuevas generaciones. Así como crear campañas de concientización a los adultos.

Para poder garantizar una seguridad vial a la población se requiere que la infraestructura de as vialidades sea moderna, agentes de tránsito con equipo de punta y lo principal que se cuente con la participación de la ciudadanía.

También será necesario que se avise con anticipación de algún tipo de caravana, desfílele, manifestación, evento deportivo etc. El cual afecte el tránsito vehicular y de estar forma informa a la población con días de anticipación arpa que se tomen las debidas precauciones.

Educación vial para todos

Se contempla que se imparta educación vial a los servidores públicos y a la sociedad del Estado, es necesario que todos cuenten con cultura vial. Muchos servidores públicos desconocen las leyes de tránsito aun cuando se encuentra ocupando un puesto importante dentro de la administración, por lo que la educación vial deberá ser pareja para todos en Oaxaca.