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Normatividad  para resaltos reductores de velocidad en Chile

A partir del 6 de marzo del presente año 2013, en Chile se estableció una nueva normativa para resaltos reductores de velocidad. La nueva normativa bajo el régimen del decreto 200/11, ha retemplado a la normativa que se estableció en el año de 1996.

Lo que se le conoce como lomos serán reducidos a 7.5 centímetros, ya que anteriormente eran de 9 centímetros, el diseño de los lomos serán diferentes en forma de curva, con una cima redondeada y una pendiente suave, estos cambios se pensaron en beneficiar a los automóviles y evitar que se dañe su carrocería. En el anterior  diseño de lomos era muy común que los automóviles se dañaran en la parte de carrocería.

Los nuevos reductores de velocidad serán colocados en las zonas escolares principalmente y en algunos municipios se les pedirá que comprueben que los accidentes de tránsito son elevados y se asocian por conducir a exceso de velocidad.

Es necesario que en la vialidad ocurra un accidente de tránsito en el último año para poder instalar el reductor de velocidad.

En las vialidades el reductor deberá de estar colocado a no menos de 30 metros de los pasos ceras  y semáforos. En caso de una línea de ferrocarril la distancia se acorta a no menos de 25 metros.

Los reductores de velocidad ayudaran a los automovilistas a frenar a tiempo antes de llegar a un cruce peatonal, semáforo o zona escolar. Es muy importante que no se crucen estos reductores a gran velocidad, que si bien ya han sido mejorados para no dañar la carrocería no significa que no le pasara nada al automóvil.

Se espera que los accidentes viales sean disminuidos con los nuevos reductores de velocidad de la normatividad que entro en funcionamiento en marzo. Los conductores deben comprender que los reductores son para evitar que se conduzca a exceso de velocidad.

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