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El Concejo deliberante de la Ciudad de Córdoba ha aprobado un aumento que llega a triplicar el monto de las multas de tráfico, aparte de un descuento del 30% en quienes no registren infracciones.

Multas en Córdoba

Las sanciones afectarán sobre todo a quienes aparquen en lugares prohibidos, participen en “piques”, conduzcan bajo los efectos del alcohol o las drogas, o se salten semáforos. Otra acción que implicará importantes sanciones es la de conducir motos y ciclomotores sin casco.


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En la Paz Bolivia no hay un control para vigilar que todos los conductores porten el debido cinturón de seguridad.

Está comprobado que usar el cinturón de seguridad reduce entre el  45 y 65 porciento, el riego de sufrir una accidente mortal, ya que reduce el riego de morir en un accidente.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), revela que por cada muerte de tránsito, los que logran sobrevivir quedan con algún tipo de discapacidad permanente o temporal.

En Bolivia la ley de tránsito marca el uso de obligatoria del cinturón de seguridad, el inconveniente es que el Organismo Operativo de Tránsito no pone énfasis en vigilar que los automovilistas porten el Cintrón de seguridad, esto se da principalmente en la paz.

Durante un periodo de 1 hora se estuvo observando a los conductores que transitaban por la avenida mariscal Santa Cruz. De un total de 475 conductores que circularon por la vialidad solo 25 portaban el cinturón de seguridad, los demás automovilistas violaron el código de Tránsito y la Ley General del  Transporte, por no usar el cinturón de seguridad.

De acuerdo a las estadísticas en La paz, solo un 10% de los conductores tienen la cultura de utilizar el cinturón de seguridad, a pesar de que está estipulado en la ley de tránsito, como uso obligatoria nadie hace caso.

El Código de Tránsito menciona, que el conductor que no porte el cinturón de seguridad será acreedor  a un infracción de tránsito, el teniente coronel Julio Cordero aseguró que los controles de vigilancia se realizan hasta dos veces por semana en las vialidades el uso del cinturón sigue siendo casi nulo.

El reglamento de tránsito en el artículo 238, inciso VIII, dice textualmente que “el uso de cinturón de seguridad es obligatorio para los conductores tanto del transporte público como privado, a partir de la publicación de la presente ley”.

Es urgente que se realicen un control a los agentes de tránsito y se sancione a quien no vigile a los conductores de portar el cinturón de seguridad.

 

A partir del lunes 22 de julio los automovilistas que conduzcan a más de 70 km/h en ciudad serán acreedores a 3 días de cárcel, a una multa de $292 y se les descontaran 10 puntos a su licencia de conducir.

La sanción parece mucha, pero debido a que los conductores no parecen cambiar su forma de manejo, se ha decido implementar esta sanción.

 

La ley ya entro en vigor

Esta ley que dice que el que conduzca a más de 70 km/h será enviado a prisión por 3 días, entro en vigor el pasado 28 de junio y hasta la fecha ningún conductor ha sido enviado a la cárcel por rebasar los 70 km/h y más de 130 km/h en carreteras.

Parece que la nueva ley está dando  buenos resultados y ningún automovilista quiere exponer a ir a la cárcel, perder puntos y pagar una multa.

A partir del lunes 23 de julio se instalaron varios fotoradares en varias partes de la ciudad, para verificar que los conductores no sobrepasen el límite de los 70 km/h, en caso de violar la ley serán sancionados, Juan Ruales, titular de la Dirección Nacional de Tránsito  informó.

La vigilancia con fotoradares será de forma aleatoria y están en diferentes ciudades  y carreteras de ecuador, ya que no se puede vigilar a todo el país, se le hace la invitación al conductor a no confiarse y respetar la ley de tránsito.

Esta ley pretende evitar los accidentes de tránsito y salvar vidas, en algunos meses se verán las estadísticas a comparación con años anteriores  de accidentes de tránsito.

Las autoridades de transito expresan que aplicaran la ley con impunidad, haciéndola cumplir, así mismo no importar el rango del cuidado detenido, la ley es pareja para todos, expresaron las autoridades de transito de ecuador.

 

 

 

De acuerdo a la nueva ley de tránsito en Ecuador, los ciclistas ya no pueden circular por las aceras, los conductores deberán bajar de la acerar para circular por la vialidad, si el conductor de bicicleta quiere estar en la acera tendrá que bajar y tirar de la bicicleta.

 

Obligaciones para ciclistas

De acuerdo al nuevo reglamento de tránsito, se establecen 12 obligaciones para ciclistas, no podrán utilizar auriculares ni circular por avenidas de alta y mediana velocidad a fin de proteger su integridad física.

La ley de tránsito marca en el artículo 302 que los ciclistas deben evitar circular por cualquier acera donde sea de uso exclusivo para peatones.

Los peatones son los que tiene la prioridad de usar las aceras, los adultos mayores, discapacitados, mujeres embarazadas y niños.

La multa para un ciclista que circula en una acera será de 14.60 dólares. La ley también establece que el ciclista está obligado a portar una bicicleta en buen estado físico y mecánico.

Las bicicletas deben tener, freno de pie y de mano, dispositivos reflectantes de color  blanco en los extremos y rojo en la parte posterior.

Aquellos ciclistas que tengan que circular de noche, deberán  portar luces en la parte delantera y trasera de la bicicleta.

Galo Cárdenas, presidente de Biciacción, informó que las leyes para ciclistas son favorables para los peatones, ya que tiene prioridad de circular por las aceras.

Es muy importante que el ciclista este bien concentrado cuando está conduciendo la bicicleta y esta se encuentre en perfectas condiciones mecánicas.

La razón por la que se prohíbe que los ciclista usen auriculares, es pro que reducen al capacidad auditiva y no escuchan cuando un vehículo se aproxima o un peatón les dice algo.

Estas leyes tiene como finalidad reducir los accidentes de tránsito que se registran en el país, así mismo se quiere favorecer a la población y asegurares que no sufrirán un accidente de tránsito al salir de sus casas.

 

El Consejo Nacional de la Judicatura de Ecuador verificara que todos los delitos de transito no queden en la impunidad y se cumpla la nueva ley de tránsito. Los automovilistas en Ecuador tendrán que respetar al pie e la letra esta nueva ley, si no quieren hacerse acreedores a ninguna sanción.

 

Ley de tránsito y modificaciones

El artículo 154 de la Ley de Tránsito y el 191 del Código de Procedimiento Penal, dice que el automovilista que sea procesado por incumplimiento en la ley, deberá de asistir a una audiencia de juzgamiento y el juez puede ordenar que el vehículo quede retenido.

Los artículos serán ejecutados con operativos policiales o cuando el dueño del automóvil acuda para su matriculado.

Otra modificación a la ley de tránsito, es la de que un peatón puede ser sancionado si es el quien provoca un accidente de tránsito.

El artículo 269 de la Ley de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, dice que los peatones culpables de provocar accidentes en calles y carreteras serán sancionados. La ley dice que no solo pagaran una multa, si no que serán encarcelados de ser necesario.

La cárcel para peatones depende del grado del accidente, en caso de que haya muertos o alguna discapacidad física o enfermedad que tarde más de 30 días de sanación.

La ley, dice que el vigilante de Tránsito, puede llamar al peatón para hacerle una prueba de alcohol en la sangre, de esta forma se tendrá la certeza de quien es el culpable en una accidente donde involucre un automóvil y peatón.

Se cuenta con un destacamento que funciona como calabozo, para albergar a los conductores detenidos por violar la ley de tránsito. El calabozo eta divido en una sección para hombres y otra para mujeres.

Estas fueron las mediaciones más importantes a la ley de tránsito de Ecuador, un conductor que respeta la ley de tránsito no tiene pro que ser detenido por ningún motivo.