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2012 22 Dic

Programas de Seguridad Vial en VenezuelaLa tendencia creciente de los accidentes de tránsito en Venezuela y la generación de víctimas consecuencia de los mismos incidentes. Ha obligado a las autoridades ha reconsiderar la eficacia de los programas de seguridad vial y la actualización de los reglamentos de tránsito; para incluir a las nuevas tecnologías que cada día adquieren mayor relevancia, tanto en el uso de los conductores como en las aplicaciones y equipo de control de las autoridades de tráfico, vialidad, velocidad, multas y registro de licencias, entre otras.

En Venezuela existen campañas de educación y seguridad vial implementadas por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) cuyo objetivo ha sido crear y desarrollar consciencia entre los habitantes venezolanos para reducir los accidentes de tránsito. Empleando una serie de frases como: “seguridad Vial 100” se instigo a la gente para que comprendiera que está en sus acciones como peatón la prevención de los accidentes viales.

Por otra parte, los programas de educación y seguridad vial denominados “vacaciones seguras 2012” establecidos a lo largo del año han tenido como meta influir en la conducta de los conductores de automóviles, camiones de pasajeros, motociclistas, ciclistas y peatones de todo el país, para evitar involucrarse en los accidentes de tránsito a través, del acatamiento de las normas básicas de seguridad vial.

Los resultados esperados de los programas de seguridad vial aplicados y los datos estadísticos vinculados a los accidentes de tránsito, así como las consecuencias que ellos conllevan indicarán el grado de eficiencia del trabajo realizado por el gobierno para reducir los incidentes viales.

De la misma manera, señalarán la pauta a seguir y los planteamientos que resulten más adecuados para reducir y prevenir las causas de los accidentes de tránsito, además, revisar la infraestructura, el comportamiento y la participación de los ciudadanos en está actividad que afecta a todo el país.

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2012 16 Dic

Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial de ArgentinaEn Argentina el incremento de los accidentes viales es constante y con ello las victimas que fallecen, las pérdidas materiales, los daños económicos y otras pérdidas. Como consecuencia de estos eventos, el gobierno argentino decidió crear la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) cuya aprobación fue otorgada en 2008, este organismo satisface la necesidad urgente de reducir los accidentes de tránsito que ocurren en el país sudamericano.

Las funciones que debe de cumplir la ANSV se encuentran señaladas en la ley de Tránsito y Seguridad Vial (Ley 26.363), algunos de los artículos relativos a la ANSV son los siguientes:

Artículo 1º. Créase la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio del Interior, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado, la que tendrá como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de Seguridad Vial nacionales e internacionales.

Artículo 2º. La ubicación física de la ANSV estará en la Capital de la República y establecerá delegaciones en el interior del país que estarán directamente vinculadas con la oficina central.

Artículo 3º. La ANSV estará revestida de autoridad máxima para la aplicación de políticas y medidas de Seguridad Vial previstas en la normativa vigente para tal efecto.

Artículo 4º. Serán funciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial:

a) Coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para un tránsito seguro en todo el país.

b) Favorecer la actualización de las normas de seguridad vial y proponer las modificaciones pertinentes en las distintas jurisdicciones del país.

c) Evaluar la efectividad de las normas técnicas y legales, además establecer las características y procedimientos para otorgar, emitir e imprimir la licencia de conducir nacional.

d) Autorizar a los organismos competentes para extender las licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la licencia nacional de conducir, certificando y homologando a los centros de emisión de licencias.

2012 16 Dic

Programas de Educación Vial en la Ciudad de MéxicoLa Ciudad de México es una de metrópolis que se mantiene a la vanguardia en el aspecto de la seguridad vial, reglamentos de tránsito y señalizaciones viales, debido al continuo crecimiento tanto de la población urbana como del sector automovilístico, motociclista y ciclista que se incrementa rápidamente.

El Reglamento de tránsito del Distrito Federal en varios artículos contempla los programas de Educación Vial, un área que recientemente se integró desarrollando la conciencia vial de los habitantes de la ciudad más grande del mundo, con el objetivo de crear una relación de mutuo respeto hacia el resto de los habitantes humanos y no humanos.

Los artículos relativos a los programas de Educación Vial corresponden al capítulo IV del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.

Artículo 17. Las autoridades correspondientes establecerán las campañas, programas y cursos de seguridad y educación vial, para dar a conocer los lineamientos básicos para fomentar el uso del transporte público y el uso racional del automóvil particular, así como disminuir el número de accidentes de tránsito, para mejorar la circulación de los vehículos y crear las condiciones adecuadas para lograr el bienestar de los habitantes del Distrito Federal.

Artículo 18. La capacitación vial de los operadores de los diferentes sistemas de transporte de pasajeros y de carga, estará sujeta a los mecanismos y formas establecidos en el reglamento correspondiente, incluido el personal de los concesionarios y permisionarios.

Artículo 19. Los programas de Educación Vial establecidos en el Distrito Federal deben de referirse al menos a uno de los siguientes aspectos:

a) Vialidad
b) Normas básicas para el peatón
c) Normas básicas para el conductor
d) Prevención de accidentes de tránsito
e) Señalización o dispositivo para el control de tránsito
f) Conocimientos básicos del reglamento
g) Primeros auxilios
h) Educación ambiental en relación con el tránsito de vehículos
i) Relaciones y derechos laborales
j) Nociones de mecánica automotriz
k) Normas de justicia cívica

2012 15 Dic

Seguridad Vial para Peatones en EcuadorLos vehículos continúan generando accidentes de tránsito en la ciudades de Ecuador y los diversos programas de seguridad vial implementados por las autoridades correspondientes requieren algunas mejoras o ser rediseñados para lograr cumplir con el objetivo propuesto, señalado como: lograr la reducción de los accidentes de tránsito y las víctimas que resultan de los mismos, así como los daños materiales y las pérdidas económicas.

Algunas indicaciones son; considerar a los grupos minoritarios como los motociclistas, ciclistas, peatones y minusválidos, un sector de la población que se ha incluido en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, para prevenir los accidentes viales.

 

Capítulo I De los Peatones

Artículo 236. Los peatones y las personas con movilidad limitada que utilizan andadores, sillas de ruedas y sillas motorizadas, entre otros. Tendrán derecho a:

l) Utilizar la calzada en forma excepcional cuando algún obstáculo esté bloqueando la acera, tomando las precauciones debidas para salvaguardar su integridad y la de terceros.

2) El peatón tiene prioridad de paso sobre los vehículos que cruzan la acera para tener acceso al estacionamiento.

3) Cruzar las vías públicas con ayuda de personas responsables o de agentes de tránsito.

Artículo 266. Sin perjuicio de los deberes establecido en el artículo 199 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, los peatones durante su desplazamiento por la vía pública deberán cumplir:

1) Ceder el paso, despejar la calle y permanecer en las zonas peatonales cuando los vehículos de bomberos, ambulancias, policiales y oficiales estén de servicio.

2) Los grupos de niños deben ser conducidos por la acera en columnas de dos o hileras, con un guía al frente, tomados de la mano. Para cruzar la vía de preferencia el guía debe solicitar la ayuda de los agentes de tránsito.

3) Nunca cruzar la calle diagonalmente, los cruces se hacen tomando las precauciones necesarias, usando los deprimidos, cebras, el semáforo en rojo y en la esquina de la calle.

4) Evitar circular por las vías destinadas para automóviles, como los desniveles viaductos, avenidas y puentes férreos.

5) Acatar los reglamentos de tránsito que indican pruebas in situ de alcoholimetría y drogas que realizan los agentes de tránsito.

2012 12 Dic

Código de Seguridad Vial (Ley Número 109) en Cuba En Cuba la tendencia creciente de los accidentes viales en prácticamente todas las carreteras del país ha obligado a que el gobierno se replantee la estructura de las leyes de tránsito y la normatividades de seguridad vial, que se ha aplicado a los conductores de automóviles, ciclistas, motociclistas y peatones.

Las víctimas y los daños ocasionados por los accidentes de tránsito que incluyen pérdidas humanas, averías materiales y lesiones a terceros, son secuelas de los eventos de tráfico que crecen de forma semejante a la que se producen los accidentes. En relación con estos factores, además, infraestructura vial requiere desarrollarse y sumando los acontecimientos internacionales la administración cubana actualizo la legislación vinculada con la seguridad vial.

Por otra parte, las expectativas en torno a las leyes reformadas son las relativas a los cambios en la vialidad, modernización del transporte, crecimiento de la circulación de vehículos y aumento de peatones en las vías, además la creciente complejidad técnica de la regulación del tránsito y la repercusión en la seguridad vial, complican el establecimiento de programas adecuados para ello. Del análisis de estos elementos se deduce que es conveniente mejorar el sistema de prevención y educación vial de toda la población, fortalecer la capacitación de los conductores en los aspectos de vialidad y tránsito con el objetivo de disminuir los accidentes viales y finalmente implementar un plan nacional e integral para garantizar la seguridad vial.

El código de seguridad vial en el artículo 1, tiene como objetivo regular integralmente la actividad vial y del tránsito, establecer sus principios básicos y definir en relación con esta materia las funciones de los ministerios del transporte y del interior como sus organismos rectores, las responsabilidades de los organismos e instituciones en ella referidos así como la estructura y funciones de las comisiones de seguridad vial que al efecto se constituyen.