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2014 29 Jul

#bastadeaccidentes

Este es el hashtag con el que se está desarrollando una campaña vial en Paraguay a fin de reducir el número de víctimas. La cifra de víctimas fatales que se producen en Paraguay con motivo de los accidentes de tránsito, son superiores a los que dejo la guerra del Chaco. Esta se produjo entre los años 1930 y 1935. Además del cuantioso número de víctimas fatales, miles de personas quedan discapacitadas.


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2014 21 Ene

En Paraguay ciudadanía inconforme contra seguro obligatorio

En Paraguay la ciudadanía ha expresado diversas molestias en contra a de la ley que establece el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), ya que aseguran es una ley que no está nada clara en cuestión de lineamientos, por lo que se pide sea retirada de la ley de tránsito la ley del seguro obligatorio.

Un seguro no confiable

Varios intendentes de municipios de, Luque, San Lorenzo, Lambaré, Asunción, Fernando de la Mora y Villa Elisa se han reunido el pasado lunes en la comuna capitalina para entablar un dialogo acerca del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito.

Los intendentes han acordado accionar con una orden judicial contra dicha ley, ya que aseguran que tiene muchas inconsistencias y es muy confusa. Esto fue expresado por, Arnaldo Samaniego, jefe comunal de Asunción.

Así mismo se ha mencionado que en los próximos días se hará un proyecto de ley con modificaciones con ayuda de los técnicos de todos los municipios de Paraguay en un lapso no mayor a ocho días.

Unos intendentes estar en acuerdo de la lay, ya que es una medida de seguridad en caso de que ocurra un accidente vial. Sin embargo no está del todo clara y de continuar  la ley, esta deberá tener una cobertura total de los daños. Así como cobertura inmediata sin esperar días.

Actualmente la ley fue pospuesta hasta el próximo 2 de marzo, después de una resolución del Banco Central del Paraguay. Con regulador del sistema de acuerdo a la ley 4950.

Mientras tanto en las comunas se ha confirmado que hasta que no haya una repuesta definitiva de la ley SOAT, ya no se les solicitara a sus ciudadanos contar con este seguro obligatorio. Por lo que se está en espera de una respuesta de la corte.

El argumento de las comunas es que no pueden exigir algo que tal vez sea inconstitucional.

 

2013 25 May

Ley de seguro contra accidentes aprobada en Paraguay

Finalmente se aprobó la ley del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito en Paraguay, a partir de ahora los automovilistas y motociclistas deberán de aportar un monto anual por concepto del seguro obligatorio contra accidentes. Este seguro cubrirá los daños físicos en caso de un accidente de tránsito.

En la sesión de la Cámara de Diputados del pasado miércoles, se aprobó que se hagan las modificaciones a la ley de tránsito y se agregue el uso del seguro obligatorio, explicó Fernando Oreggioni.

Cada vez que se haga la renovación de los registros de vehículos y de conducir en cada municipio de Paraguay, el motociclista deberá de abonar su respectiva cuota a anual del seguro. El costo del seguro no es muy elevado, ya que representan unos 3 jornales anuales, en caso de necesitar el seguro se activara de manera automática y cubrirá los gastos generados durante el accidente de tránsito.

El seguro una obligación para bien

En caso de que el conductor muera el seguro cubrirá los gastos funerarios, si hay que hacer uso de servicios hospitalarios y operaciones fáciles, también serán cubiertos por el seguro, el monto que se cubrirá será de 15 a 30 millones, esto depende de la gravedad del accidente vial.

Un seguro contra gastos en caso e accidente es una muy buena acción, aunque a muchos les parezca absurdo pagar, ya que piensan que no lo necesitaran, realmente uno nunca sabe cuándo se pueda necesitar un seguro.

El seguro ya es una obligación para todos, por lo que si aún no sabe deberá de ir previendo los gastos y hacer un apartado para el pago del seguro.

 

2013 14 May

Propuesta de ley en Paraguay en el senado

La Comisión de Hacienda ha visto con buenos ojos las modificaciones hechas por los diputados a la ley de tránsito que entro en aprobación como parte del proyecto Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. Los senadores aprueban todas las modificaciones propuestas en dicha ley.

La misma, entrará en vigor pronto y todos los agentes de tránsito de la Policía Caminera, tendrán que estudiar esta nueva, para evitar sancionar a conductores o dejar pasar violaciones a la actual ley de tránsito.

Las autoridades están en pláticas para determinar que organismo de la autoridad será la encargada de controlar las rutas municipales y nacionales, la discusión está entre la policía de tránsito y la caminera, ya que por ley no pueden intervenir las dos policías.

Esta propuesta de ley de proyecto Nacional de Tránsito y Seguridad Vial ha tenido varias complicaciones para su aprobación, esto sucede desde el 19 de julio cuando fue aprobada en la cámara de senadores. Sin embargo fue rechazada para hacer una modificaciones lo que la regresó al senado el 30 de noviembre de 2012.

La ley por aprobarse

Después de unos meses en discusión de este 2013, finalmente volvió a ser aprobada esta vez al parecer de forma definitiva.

La ley ahora se encuentra en  Congreso y será enviada al Ejecutivo, quien tiene la facultad para hacer el decreto y promulgar la ley como oficial, una vez entre en vigor ya no se podrá modificar hasta que se realice otra iniciativa de modificación.

La ley beneficiará a miles de personas y también se cuidará la seguridad vial, ya que entre algunas de las medidas se enfocan en sanciones más severas para quien ponga en riesgo la vida de terceras personas.

La ciudadanía tiene el derecho de conocer las modificaciones para estar consciente en caso de ser sancionado al ir conduciendo.

 

2012 20 Dic

Reglas de Tránsito para motocicletas y otros ciclomotores en ParaguayLas normas de Seguridad Vial y los Reglamentos de Tránsito de Paraguay, actualmente, se han modificado para poder aplicarse a los vehículos que se utilizan como medio de transporte y que anteriormente sólo eran un equipo vacacional y de fin de semana, como las bicicletas y motocicletas.

Estos cambios tienen como objetivo primordial reducir los accidentes de tránsito en todo el país sudamericano.

Artículo 70. Reglas generales: los conductores de bicicletas, ciclomotores, motocicletas, triciclones, cuatriciclones y motocargas, deberán cumplir las normas de circulación indicadas para el resto de los vehículos y transitar siguiendo las disposiciones especiales del capítulo actual.

Artículo 71. Reglas especiales: el conductor que maneje por las vías públicas motocicletas, ciclomotores, triciclones, cuatriciclones y motocargas, tendrá derecho al uso del carril de circulación de la derecha. Está prohibida la circulación por un mismo carril de más de dos motocicletas, bicicletas, ciclomotores, una al lado de otra, los conductores asidos de vehículos o enfilados inmediatamente tras otros automotores.

Artículo 72. Número de ocupantes: los vehículos señalados con excepción de los motocargas, no serán utilizados para llevar más de dos personas incluido el conductor. Los conductores de motocicletas, ciclomotores, triciclones y cuatriciclones, no podrán llevar como acompañante un niño menor de doce años. Está prohibido llevar acompañante en los motocargas.

Artículo 73. Circulación por carriles especiales: la circulación por carriles especialmente delimitados para los vehículos señalados establece que no pueden salir de ellos y el resto de los vehículos no ocuparan tales carriles.

Artículos 74. Objetos transportables: no se llevarán en estos vehículos objetos o materiales que impidan al conductor mantener ambas manos en el manubrio, así como la estabilidad y el adecuado control del vehículo.

Artículo 75. Circulación por las aceras: está prohibida la circulación de motocicletas, ciclomotores, triciclones, cuatriciclones y motocargas por las aceras y paseos públicos destinados a los peatones y/o bicicletas.

Artículo 76. Uso obligatorio de casco y chaleco reflexivo: todos los conductores de los vehículos señalados deberán utilizar el casco reglamentario y normalizado. El casco deberá tener material reflectivo y el número de matrícula correspondiente. El uso de chaleco reflectivo y normalizado será de acuerdo a las indicaciones de las autoridades.

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