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Accidentes durante el primer semestre del año

En Costa Rica, durante los primeros seis meses unos 34 peatones perdieron la vida a causa por propia imprudencia, por esta razón el Consejo de Seguridad Vialde este país además de hacer un llamado donde incita a la precaución de los peatones, insiste en que los mismos deben tomar medidas para hacerse visibles ante los conductores.

El 21% de los accidentes de tránsito que han sucedido durante el primer semestre de este  año  se debe a decesos de peatones que se comportaron inadecuadamente en la carretera. La consecuencia de estas conductas inadecuadas terminaron en el  atropellos de peatones.

Entre estas conductas inadecuadas se encuentra la negativa a utilizar los puentes peatonales, fundamentalmente en rutas de tránsito rápido, otra conducta negativa es no activar los semáforos peatonales antes de cruzar o cruzar las calles a la mitad de la cuadra, cruzar con el semáforo en verde, etc.

Otro factor de imprudencia y riesgo potencial es el de aquellos transeúntes que circulan, muchas veces alcoholizados, mientras que  otros cruzan las calles hablando por celular.

Recomendaciones preventivas  del Consejo de Seguridad Vial de Costa Rica

Entre las recomendaciones que hace el Consejo de Seguridad Vial de Costa Rica, es que en todos los casos los peatones intenten utilizar ropa clara o reflectante de la luz, de manera tal de hacer a los peatones más visibles sobre todo en las carreteras.

También recomiendan a  aquellas personas que circulan por las rutas vestir capas amarillas o fosforescentes, chalecos reflectantes y ropa de colores claros .

En  las zonas rurales se recomienda es caminar con un foco encendido o con el celular activado de manera tal de generar una fuente de luz a que advierta a los conductores de su presencia.

Una buena recomendación para los peatones es caminar siempre de frente al tránsito, de manera podrán estar al tanto de cualquier vehículo que se aproxime.

 

 

 

El gobierno costarricense autoriza a los extranjeros con licencia de conducir vigente de su país puede pedir  la homologación del documento para conducir en Costa Rica. Para esto deben dirigirse al Departamento de Acreditación de Conductores del Consejo de Seguridad Vial y luego el trámite se realiza exclusivamente en la sede regional del país, ubicada en La Uruca en San José.

Requisitos para obtener la homologación de la licencia de conducir

Por otra parte,  las autoridades aclararon que quienes visitan Costa Rica pueden conducir con su licencia del país del que vienen durante tres meses sin problemas, sin embargo para los países centroamericanos la validez de la misma es solamente por un mes.

Una vez cumplido este plazo sí deberán  solicitar una licencia de conducir emitida por el Consejo de Seguridad Vial costarricense (COSEVI).

Para realizar el trámite de la  homologación del permiso de conducir, el interesado deberá dirigirse a la Sede Central de Licencias con su documento de identidad, cédula de residencia, permiso temporal o  carnet de refugiado más la licencia de conducir de su país de origen.  A continuación se verificará la legitimidad de todos los documentos presentados y si está todo en orden el solicitante deberá realizarse un exámen médico.

Requisitos para los extranjeros que no tienen licencia de conducir

En el caso de los extranjeros que desean obtener la licencia de conducir en Costa Rica, pero que no tienen el permiso de su país de origen  o  este está vencido, tendrán que realizar los mismos trámites que aquellos costarricenses que solicitan este documento por primera vez.

Por lo que deberán el exámen teórico y la prueba práctica correspondientes.

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Desde fines del mes de marzo Cuba cuenta con un Nuevo Código de Seguridad Vial cuyos objetivos fundamentales consisten en la prevención y educación en avenidas y calles de todo el país.

Modificaciones

Dentro de las modificaciones de este Código de Seguridad Vial, queda totalmente prohibido para los choferes profesionales y aquellos que están en la fase de aprendizaje, conducir bajo el efecto de cualquier tipo de estimulantes, ya sea drogas, alcohol o sustancias con efectos alucinógenas.

Otras modificaciones consisten en que junto al conductor, no puede haber ningún acompañante que haya ingerido alcohol o cualquier tipo de inhibidores, de manera tal de prevenir cualquier riesgo al que pueda ser sometido el conductor.

Con el objetivo de contribuir a la seguridad vial, aquellas personas que circulan sin licencia de conducir no podrán contar con circulación temporal e incluso se procederá al decomiso de dicho vehículo, por lo que éstos conductores no podrán acceder a una licencia por un lapso que oscila entre uno y 12 meses es de sucedido este incidente.

La ley 109

Acorde la Ley 109 se permite aparcar ambos lados de aquella acera que tenga un único sentido de circulación, siempre y cuando que sea poco transitada y secundaria y; además, debe contar con el ancho suficiente para permitir un tránsito fluido, por el contrario, se prohíbe estacionar en la vereda, césped o paseo.

Con respecto los límites de velocidad, en caso de excederla significará la cancelación de la licencia de conducir e incluso el decomiso del vehículo del conductor.

El Nuevo Código de Seguridad Vial cuenta con notificaciones preventivas y multas de advertencia .

La Ley 109 ha sido aprobada en agosto del 2010 y a partir de marzo de este año ha entrado en vigencia, las normas y modificaciones en la misma tienen por principal objetivo aumentar la seguridad vial y brindar la mayor protección tanto peatones como conductores.

 

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), América Latina es el continente que tiene el índice más alto de mortalidad  por accidentes de tránsito.

En la actualidad hay 26 muertos cada 100 mil habitantes y  la OMS estima que para el 2020  esta cifra aumentará a  30 fallecidos cada 100 mil habitantes. 

Medidas a tomar

Por este motivo y teniendo en cuenta la urgencia por solucionar este problema, Oscar Arias será el presidente del Comité Transitorio para la Seguridad Vial en América Latina cuyo objetivo fundamental será conformar legalmente el Comité de Seguridad Vial para América Latina y el Caribe, con el fin de promover la colaboración, para mejorar la seguridad vial, entre  los gobiernos, los civiles y los sectores privados.

Proyecciones a futuro

Se espera que este Comité Transitorio se transforme en el Comité Regional para la Seguridad Vial de América Latina y el Caribe. Para esto ya se está trabajando en un enfoque que coordina los sectores asociados al gobierno (transporte, poder judicial, educación, finanzas y planificación urbana,  a la sociedad civil (sector académico, fundaciones, clubes de automovilismo, autoesceulas y organizaciones profesionales) y al sector privado (construcción y mantenimiento de carreteras, automotoras, autoescuelas y compañías de seguro).

Metas y objetivos

– Representación de todos los sectores importantes vinculados a la seguridad vial

-Incentivar y promover a una mirada regional sobre los accidentes de tránsito

-Trabajar en el fortalecimiento de información y estadísticas

-Promover la armonía entre la normativa vehicular urbana y la normativa vehicular para el tránsito en las carreteras.

– Trabajar en el intercambio de conocimiento y mejorar las prácticas e instrucción de los conductores.

 

 

Los Tiempos de la Justicia

Nadie quiere transformarse en una víctima de accidente de tránsito siendo pasivo en la situación. Pero en el caso de sufrir daños de manos de un desprevenido u ofensivo conductor, lo ideal sería implorar que no se produzca en El Salvador. No es una cuestión de índole personal, sino que se remonta a algo fundamentalmente institucional. Es increíble que, a mediados del año 2011, el seguro contra terceros en accidentes de tránsito no sea de carácter obligatorio en ese país.

Lo cierto es que la medida ya fue aprobada en octubre de 1996, año en el que se aprobó la actual Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Lo concreto es que al día de hoy, quince años después, la misma sufrió una nueva postergación para entrar en vigencia, la décima de manera consecutiva. Estimativamente, se cree que la ley entrará en vigencia a partir del 30 de junio del próximo año; teniendo en cuenta que tanto las revisiones técnicas como el cambio de matrículas, concluirán en mayo de 2012.
Postura de las Aseguradoras

Por su parte, la A.S.E.S (Asociación Salvadoreña de Empresas de Seguro) vió con buenos ojos la falta de ejecución confirmada la pasada semana, manifestando que aún no estaban dadas las condiciones para llevar adelante la concesión de las nuevas modificaciones.

Cabe destacar que a lo largo de toda América Latina, El Salvador, Haití y Honduras son los únicos países que no han experimentado este tipo de seguro. Igualmente, es importante aclarar que en todos los países de aplicación, los seguros se extienden a través de empresas de índole privada, salvo una fallida incursión del gobierno mexicano a principios de la década del 90.

La posible indemnización a víctimas por accidentes de tránsito es por el momento inexistente en El Salvador y es incuestionable la necesidad de implementar un sistema que beneficie a los damnificados.