
Se ha realizado una modificación a la Ley de Tránsito Nº20.580, la cual contempla un rebaje a las exigencias para un conductor que se encuentre bajo la incidencia de alcohol u otros alucinógenos. La ley ya se encuentra en vigencia, y a continuación, alguno de los cambios más importantes:
Diferencia entre manejar “bajo la influencia de alcohol” y “en estado de ebriedad”: “Bajo la influencia de alcohol” se considera cuando el índice de alcoholemia es superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil. “Estado de ebriedad”, cuando la alcoholemia es superior a 0,8 gramos por mil.
Sanciones por manejar “bajo la influencia de alcohol”
- Si no se han producido daños: multa de entre 1 y5 UTM y suspensión de licencia de conducir por tres meses.
- Sólo se han causado daños materiales o lesiones leves: misma multa y suspensión de licencia por seis meses.
- Se han causado lesiones menos graves: prisión en grado mínimo (uno a veinte días), multa de 4 a 10 UTM y suspensión de licencia por nueve meses.
- Lesiones graves: reclusión o relegación menor en grado mínimo (61 a 541 días) o multa de 11 a 20 UTM y suspensión de licencia de 18 a 36 meses.
- Lesiones gravísimas o muerte: reclusión en grado máximo (tres a cinco años), multa de 21 a 30 UTM y suspensión de licencia entre 48 y 72 meses.
Sanciones por manejar ebrio o bajo efectos de las drogas
- Daños materiales o lesiones leves: presidio menor en grado mínimo, multa entre 2 y 10 UTM y suspensión de la licencia por dos años (1ra infracción) por cinco años (2da), y cancelación en caso de una tercera.
- Lesiones graves o menos graves: presidio menor en grado medio (541 días a tres años de cárcel), multa entre 4 y 12 UTM y suspensión de la licencia por 36 meses (lesiones menos graves) y cinco años (lesiones graves).
- Lesiones gravísimas o muerte: presidio en grado máximo (de tres a cinco años), multa entre 8 y 20 UTM y suspensión de licencia de por vida.
Ya confirmado por la Presidencia de Uruguay, en el 2013 el país contará con una libreta única nacional. De esta manera se obtienen grandes ventajas a partir de la libreta única de conducir para trabajar en la seguridad vial del pueblo. Dicha libreta contará con un sistema de puntos, calve para el control de infracciones de tránsito.

Fue aprobado por el presidente Juan Manuel Santos el Decreto – Ley antitrámites, con el cual se beneficiará a los colombianos, tanto particulares como empresas y entidades públicas con diligencias más rápidas y menos difíciles.

