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Ley de Seguridad Ciudadana en Bolivia con penas para infractores de tránsitoDebido al creciente aumento de personas lesionadas y fallecidas en accidentes automovilísticos, se comienza a tomar medidas dentro de la República de Bolivia, para hacer tomar conciencia a los conductores, de su responsabilidad ante el volante.

Se han realizado en los últimos días modificaciones al Código de Derecho Penal, con el fin de contribuir a la Seguridad Ciudadana y a la preservación de la vida. Estos cambios afectarán sin dudas a los conductores de vehículos automotores, aunque también a otros detractores de la ley.

La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) es la encargada de la última revisión y aprobación del anteproyecto de Ley “Para vivir seguros”. Este anteproyecto de Ley propone de manera general recrudecer las sanciones a los infractores de tránsito, teniendo en cuenta los valores y derechos de la persona y la necesidad de su supervivencia. Es por esta razón, que las modificaciones tienen como objetivo evitar traumas y daños físicos irreversibles en los ciudadanos.

Cambios en el Código Penal

Las modificaciones que propone este anteproyecto van dirigidas al homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidentes de tránsito, aunque también incluirá cambios en la sanción a los reclusos en fuga y casos de violación sexual.

En lo referente a la huida del lugar de los hechos tras un accidente automovilístico, sin prestar socorro a los lesionados, aumentaría la condena a 5 u 8 años de privación de libertad, con la consiguiente suspensión definitiva de la licencia de conducir.

Una de las sugerencias propuestas a este anteproyecto es la implementación de un sistema informático de antecedentes judiciales de los ciudadanos, que serían regidos y coordinados por las instancias de la Policía y del órgano judicial. Con lo cual se podría dar seguimiento a los conductores con infracciones frecuentes, tomando medidas correctivas, con el fin de evitar accidentes.

Reformas a la ley de tránsito en EcuadorEcuador se suma a los países latinoamericanos que modifican su Ley de Tránsito.

Este país no escapa al número elevado de víctimas y lesionados por causa de accidentes de tránsito. En este país latinoamericano también hay propuestas que modificaron la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Leyes más estrictas pretenden disminuir los accidentes mortales y los lesionados ecuatorianos. Sigue siendo la violación de no tomar bebidas alcohólicas y el no uso de los dispositivos de seguridad y el respeto a las regulaciones del tránsito las principales causas.

Sanciones más severas propuestas en las Reformas a Ley de Tránsito.

Las nuevas Reformas exigen infracciones de tránsito equivalentes a dos salarios básicos, pérdida de 30 puntos de la licencia de conducir y 60 días de prisión. Estas medidas se aplicarán a conductores de vehículos comerciales, de carga y de transporte público con presencia de alcohol en sangre. Tengamos en cuenta que un 0,1 gramo de alcoholo por cada litro de sangre es el equivalente a un vaso de cerveza.

Dentro de los cambios, agregaciones, modificaciones y sustituciones se mantienen los siete tipos de contravenciones conocidas. Cada una con sus rebajas de puntos y multas correspondientes:

  • Las leves de primera, segunda y tercera.
  • Las graves de primera, segunda y tercera.
  • Las muy graves.

Las novedades en cuanto a los puntos son:

  • Al perder los primeros 30 puntos se retirará la licencia por 60 días. Será obligatorio estudiar en una de las Escuelas de Conducción, con lo que recuperará solo 20 puntos.
  • Los reincidentes se retirará las licencia por 120 días, también pasará el curso de conducción. Solo recuperara 15 puntos
  • Con la tercera sanción perderá la licencia por un año y un curso para recuperar 15 puntos.

Las sanciones más drásticas de esta reforma son:

  • Manejar con exceso de pasajeros; conducir con llantas lisas, daños mecánicos previsibles le implicará de 6 meses a un 1 año de prisión y suspensión de la licencia, multa de 3 a 5 salarios básicos juntos.

Modificación de trámites de circulación vial en ColombiaFue aprobado por el presidente Juan Manuel Santos el Decreto – Ley antitrámites, con el cual se beneficiará a los colombianos, tanto particulares como empresas y entidades públicas con diligencias más rápidas y menos difíciles.

Esta ley facilita e incluso en algunas ocasiones elimina procedimientos relacionados con trámites de circulación y seguridad vial, logrando así en palabras del mismo presidente de la República brindar “mejor servicio para los colombianos”.

Procesos eliminados con el Decreto – Ley antitrámites

Un primer proceso eliminado es la revisión técnica – mecánica de los autos particulares nuevos, los cuales según esta nueva ley, sólo deben pasar dicha verificación a los 6 años de circulación, a diferencia de la ley anterior que exigía la revisión al segundo año de haberlos inscritos.

Otra de las modificaciones que se encuentran, es con relación a las infracciones de tránsito. Una vez puesta en vigor el Decreto – Ley, los conductores que han infringido la ley y multados por las autoridades, podrán pagarla en el lugar que deseen, independientemente de donde se haya cometido la infracción.

Encontramos cambios también en lo referente a la vigencia de las licencias de conducir, las cuales aumentan su validez a 10 años, 5 más de lo que actualmente se viene realizando. Los conductores que excedan los 60 años deberán renovarla cada 5 años, mientras que las que excedan los 80 años deben hacerlo cada año.

Junto a esto, este Decreto – Ley notifica que todos los colombianos deberán renovar la licencia de conducir, haciendo los respectivos exámenes físicos y motores. Los conductores que no se han realizado este examen en un período de 10 años o más, podrán hacerlo gratuitamente.

Los exámenes psicotécnicos para los conductores noveles disminuirán en sus precios, debido a que se podrán realizar en una IPS. Con la promulgación y puesta en vigencia de este Decreto – Ley, ya no será necesaria la obtención de placas para tractores, bicicletas y vehículo de tracción animal.

Tolerancia Cero a conductores jóvenes en Buenos AiresEn Buenos Aires, se ha presentado un proyecto de ley en la legislatura porteña llamada  tolerancia cero que establece que los conductores menores de veinte años deben tener cero gramos de alcohol en sangre para manejar.

Tolerancia Cero para menores de veinte años

El proyecto de ley fue presentado por el legislador peronista Claudio Palmeyro y busca que produzca tolerancia cero de alcohol para los jóvenes en la ciudad de Buenos Aires. La propuesta establece que los conductores menores de 20 años deben tener cero gramos de alcohol en la sangre para manejar, ya que por ley se permite 0,5 gramos para los particulares.

Por otra parte, la diputada porteña Inadi María José Lubertino y su colega Maximiliano Ferraro se oponen rotundamente a la iniciativa tolerancia cero, porque consideran que el proyecto es altamente discriminatorio.

Políticas de Tolerancia Cero al alcohol en otros países

El director de Seguridad Vial porteño, Pablo Martínez apoyó la propuesta Tolerancia Cero y aseguró que hay varios países que son referentes en materia de seguridad vial y ya tienen este tipo de normativa aplicada eficientemente en sus respectivos países, en Italia, Alemania, Canadá, Australia y algunos estados de los Estados Unidos está rotundamente prohibido el consumo de alcohol a los conductores que están en sus dos primeros años de licencia.

En países de Latinoamérica se busca implementar Tolerancia Cero, en España hay límites diferenciados: 0,5 gramo de alcohol en sangre para los conductores en general y 0,3 para los más jóvenes. También en Australia y en Irlanda se rigen bajo este tipo este tipo de sistema de seguridad vial.

De acuerdo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la mayoría de los accidentes por consumo de alcohol ocurren los días sábados entre las 12 y 0.59 horas con conductores de 18 a 25 años, por lo general varones que están bajo los efectos de alcohol y drogas.

Como todos sabemos, en todos los paises y regiones del mundo existen distintos tipos de licencias de conducir, dependiendo de ciertas circunstancias especificas que obligan a realizar una clasificación. En esta oportunidad, queremos compartir contigo un poco de información sobre los distintos tipos de licencia que podemos encontrar en el país de Chile. Chilenos, esperamos que esto les sea util, y los demás latinos también pueden aprovechar para nutrirse y conocer un poco más sobre la vialidad en el resto del mundo. Por supuesto que estas clasificaciones no son informales, sino que están establecidas en la Ley 19.495.

Distintos tipos de licencia, en ChileLicencias profesionales

Existen cuatro clases diferentes dentro de las licencias profesionales en Chile:

Clase A1: Esta clasificación apunta a todas aquellas personas que conduzcan taxis o vehiculos similares. Los taxistas, a la hora de ir al registro a tramitar su carnet, deben solicitar esta clase de licencia.

Clase A2: Esta clasificación apunta a vehiculos un poco más grandes. Los que deben sacar la licencia clase A2 son todas aquellas personas que conduzcan cualquier tipo de transporte publico o privado con una capacidad de 7 a 10 asientos.

Clase A3: En este caso, la licencia apunta a las mismas personas que en el caso de la clase A2, pero en esta ocasión la limitación en la capacidad de asientos no existe. El cupo de asientos es limitado.

Clase A4: Esta clasificación es para aquellas personas que conduzcan vehiculos de carga, como camiones, en donde el peso bruto vehicular sea mayor a los 3500 kilogramos.

Licencias no profesionales

En este caso, se preveen una gran cantidad de vehículos de uso particular y no comercial, ya sean automóviles, motocicletas, cuatriciclos, tractores, cosechadoras, carritos de carga, y una gran lista de vehículos de uso particular para los que el tramite de licencia es bastante similar en todos los casos.