La nueva ley de tráfico y los responsables de las sanciones

multa

Como ya hemos comentado en varias ocasiones el pasado 25 de mayo entró en vigor la nueva Ley de Seguridad Vial y hoy vamos a hablar sobre quién recae la responsabilidad de las infracciones con esta nueva ley.

Como norma general, la responsabilidad por las infraciones cometidas recaerá directamente en el autor de la misma, aunque hay varias excepciones.

Serán responsables de infracciones:

  • El conductor de una motocicleta, de un ciclomotor, de un vehículo de 3 o 4 ruedas no carrozados o de cualquier otro vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero será responsable por la no utilización del casco de protecición por el pasajero, así como por transportar pasajero, así como por transportar a menores que no tengan la edad mínima exigida.
  • El conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil, No obstante, los conductores profesionales, cuando presten servicio público a terceros, no serán responsables del incumplimiento de esta norma por parte de los ocupantes del vehículo.
  • Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de 18 años, en este caso sus padres, tutores, acogedores o guardadores legales o de hecho responderán de forma solidaria con él a la multa impuesta.
  • Cuando el vehículo que ha cometido la infracción no se haya podido detener será responsable el conductor identificado por el titular o el arrendatario a largo plazo.
  • En las empresas de aquiler de vehículos será responsable el arrendatario del vehículo. En caso de que el arrendatario manifieste no ser el conductor, o fuese persona jurídica, le corresponderán las obligaciones establecidas para el titular.
  • Los titulares de los talleres mecánicos o establecimientos de compra venta de vehículos mientras el vehículo que ha cometido la sanción se encuentre allí depositado.
  • El titular o el arrendatario a largo plazo, en que supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones relativas a la dicumentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo. También será responsable por estacionamiento, salvo que se haya indicado al conductor responsable de la infracción.

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