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Peatones y Seguridad Vial en México, Distrito Federal En la ciudad de México la tasa de accidentes viales ha descendido considerablemente, debido a diferentes causas entre ellas a que los medios de transporte se están diversificando; el uso de la motocicleta y la bicicleta se están incrementando y ésta última es considerada como un sistema ecológico en prácticamente todos los aspectos.

No obstante, la gente necesita hacer conciencia en otro sentido que no depende del gobierno, como es la educación cívica y vial con respecto a los peatones. A consecuencia de estas nuevas vertientes que está tomando la sociedad ante los cambios de la estructura de transporte el reglamento de tránsito del Distrito Federal y de seguridad vial han tenido que actualizarse.

En el reglamento de tránsito las obligaciones y derechos que poseen los peatones que circulan por las calles de la ciudad han cambiado, como lo señalan los artículos siguientes.

Artículo 1º. En el reglamento presente se establecen las normas relativas a la seguridad vial de los menores, personas en edad avanzada, personas con discapacidad y peatones en general, conductores y pasajeros en su tránsito por la vía pública del Distrito Federal.

Artículo 5º. Las banquetas de las vías públicas están destinadas al tránsito de peatones, para ello las autoridades deben de garantizar que las mismas estén libres de obstáculos que impidan el paso por ellas.

Artículo 6º. Los peatones acatarán las previsiones siguientes:

a) Evitar transitar por la superficie destinada a la circulación de vehículos, excepto para cruzarla cuando el semáforo lo indique. En caso de no existir semáforo, se cruzará la vía tomando las precauciones necesarias.

b) Cruzar la superficie de rodamiento de la vía pública por las esquinas o zonas marcadas, excepto en las calles locales o domiciliarias cuando sólo haya un carril para la circulación.

c) Obedecer las indicaciones de los agentes, personal de apoyo vial, voluntarios de seguridad vial y las señales de los dispositivos de control al transitar por la vía pública.

d) Utilizar los puentes peatonales y los pasos a desnivel para cruzar la vía pública.

e) No circular diagonalmente en los cruceros.

Programas de Educación Vial en la Ciudad de MéxicoLa Ciudad de México es una de metrópolis que se mantiene a la vanguardia en el aspecto de la seguridad vial, reglamentos de tránsito y señalizaciones viales, debido al continuo crecimiento tanto de la población urbana como del sector automovilístico, motociclista y ciclista que se incrementa rápidamente.

El Reglamento de tránsito del Distrito Federal en varios artículos contempla los programas de Educación Vial, un área que recientemente se integró desarrollando la conciencia vial de los habitantes de la ciudad más grande del mundo, con el objetivo de crear una relación de mutuo respeto hacia el resto de los habitantes humanos y no humanos.

Los artículos relativos a los programas de Educación Vial corresponden al capítulo IV del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.

Artículo 17. Las autoridades correspondientes establecerán las campañas, programas y cursos de seguridad y educación vial, para dar a conocer los lineamientos básicos para fomentar el uso del transporte público y el uso racional del automóvil particular, así como disminuir el número de accidentes de tránsito, para mejorar la circulación de los vehículos y crear las condiciones adecuadas para lograr el bienestar de los habitantes del Distrito Federal.

Artículo 18. La capacitación vial de los operadores de los diferentes sistemas de transporte de pasajeros y de carga, estará sujeta a los mecanismos y formas establecidos en el reglamento correspondiente, incluido el personal de los concesionarios y permisionarios.

Artículo 19. Los programas de Educación Vial establecidos en el Distrito Federal deben de referirse al menos a uno de los siguientes aspectos:

a) Vialidad
b) Normas básicas para el peatón
c) Normas básicas para el conductor
d) Prevención de accidentes de tránsito
e) Señalización o dispositivo para el control de tránsito
f) Conocimientos básicos del reglamento
g) Primeros auxilios
h) Educación ambiental en relación con el tránsito de vehículos
i) Relaciones y derechos laborales
j) Nociones de mecánica automotriz
k) Normas de justicia cívica

Reglamento del Código de Tránsito y circulación vehicular en las calles de Bolivia En las ciudades de Bolivia el incremento de los accidentes de tránsito y las víctimas producidas entre fallecidos, lesionados con daños permanentes y temporales, además de las pérdidas materiales, determinan las necesidades que debe de satisfacer el gobierno boliviano para reducir los accidentes viales o establecer las causas que los generan. Por otra parte, los programas de seguridad vial están resultando insuficientes para informar a la población la manera adecuada de prevenir y evitar los riesgos de accidentes de tráfico.

En este momento, el gobierno ha actualizado el Reglamento del Código de Tránsito de Bolivia como una primera medida para reducir las contingencias viales, los artículos que regulan la circulación de los vehículos en las calles son los siguientes.

El capítulo IV está referido a la circulación de motocicletas, motonetas y bicicletas

Artículo 88º. Reglas generales, los conductores de motocicletas deben cumplir con las normas generales de circulación y las establecidas para el resto de los vehículos, transitarán de acuerdo a las disposiciones especiales del Artículo 26 del Código Nacional del Tránsito y las del presente capítulo.

Artículo 89º. Reglas especiales, el conductor que maneje por las vías públicas cualquiera de los vehículos, lo hará del costado derecho teniendo especial cuidado de adelantarse a otros vehículos detenidos o que en marcha lenta circulen en el mismo sentido.

Artículo 90º. Número de personas, estos vehículos no serán utilizados para llevar más personas que el número para el que fueron fabricados y equipados. El acompañante, en caso de que el vehículo permita hacerlo, viajara montado y sujeto, bajo todas las condiciones de seguridad vial.

Artículo 91º. Circulación en columna, los conductores de motocicletas, motonetas, bicicletas y vehículos menores, circularán por las vías públicas obligatoriamente en columna de uno en uno, excepto en las franjas destinadas para su uso y no podrán ir agarrados de la mano.

Artículo 92. Circulación en carriles especiales, cuando circulen a través de vías delimitadas para alguna clase de vehículos no podrán salir de ellos y los demás automotores no ocuparán estos carriles.

Código de Seguridad Vial (Ley Número 109) en Cuba En Cuba la tendencia creciente de los accidentes viales en prácticamente todas las carreteras del país ha obligado a que el gobierno se replantee la estructura de las leyes de tránsito y la normatividades de seguridad vial, que se ha aplicado a los conductores de automóviles, ciclistas, motociclistas y peatones.

Las víctimas y los daños ocasionados por los accidentes de tránsito que incluyen pérdidas humanas, averías materiales y lesiones a terceros, son secuelas de los eventos de tráfico que crecen de forma semejante a la que se producen los accidentes. En relación con estos factores, además, infraestructura vial requiere desarrollarse y sumando los acontecimientos internacionales la administración cubana actualizo la legislación vinculada con la seguridad vial.

Por otra parte, las expectativas en torno a las leyes reformadas son las relativas a los cambios en la vialidad, modernización del transporte, crecimiento de la circulación de vehículos y aumento de peatones en las vías, además la creciente complejidad técnica de la regulación del tránsito y la repercusión en la seguridad vial, complican el establecimiento de programas adecuados para ello. Del análisis de estos elementos se deduce que es conveniente mejorar el sistema de prevención y educación vial de toda la población, fortalecer la capacitación de los conductores en los aspectos de vialidad y tránsito con el objetivo de disminuir los accidentes viales y finalmente implementar un plan nacional e integral para garantizar la seguridad vial.

El código de seguridad vial en el artículo 1, tiene como objetivo regular integralmente la actividad vial y del tránsito, establecer sus principios básicos y definir en relación con esta materia las funciones de los ministerios del transporte y del interior como sus organismos rectores, las responsabilidades de los organismos e instituciones en ella referidos así como la estructura y funciones de las comisiones de seguridad vial que al efecto se constituyen.

Estrategia de seguridad vial en México para el periodo 2011-2020En las grandes ciudades de México se han establecido diversos programas de seguridad vial y planes para dar a conocer los reglamentos de tránsito, cuyo objetivo central ha sido reducir los accidentes de tránsito y las victimas derivadas de ellos como son las personas fallecidas, lesionados con secuelas permanentes, daños temporales, pérdidas materiales y/económicos.

En forma paralela en el año 2010, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), declaró al periodo “2011-2020 como el Decenio de la Acción para la Seguridad Vial”, cuya meta fue estabilizar y reducir las cifras de muertes en los accidentes viales en todo el mundo. Actuando de forma homóloga, la secretaria de comunicaciones y transportes, así como la secretaria de salud crearon programas de seguridad vial y de prevención de accidentes, para disminuir el índice de mortalidad y lesiones, además, de establecer estrategias para lograr los objetivos propuestos.

A través de estos trabajos, se realizaron múltiples actividades en los diversos órdenes de gobierno, en la red de carreteras federales y vialidades urbanas, programas de seguridad vial, evaluación y mejoramiento de la infraestructura vial y la educación vial de los usuarios de las vías de tránsito.

El resultado de ésta revisión fue determinar que se requería una Estrategia Nacional de Seguridad Vial, para llevar a cabo actividades coordinadas y multisectoriales para promover la seguridad vial, generar conciencia en la gente y deseos por conocer los factores de riesgo y las medidas preventivas para reducir los accidentes de tránsito, que tenga como objetivo general mejorar las condiciones de la vialidad en México.

La estrategia Nacional de Seguridad Vial en México durante el periodo 2011-2020 señala como propósito reducir las lesiones, discapacidades y muertes, todo ello derivado de los incidentes viales ocurridos en las carreteras federales y urbanas. Otro objetivo es fortalecer y hacer más eficiente el servicio de atención médica hospitalario y prehospitalario vinculado con los accidentes de de tránsito.

Las propuestas son acertadas, sin embargo, los resultados en la práctica son poco eficientes sin la participación y la concienciación de las personas de la sociedad civil.