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2010
19
Ago

Hasta ahora muchos conductores extranjeros que excedían los límites de velocidad se “iban de rositas” aunque un radar fijo hubiera detectado su exceso de velocidad, pero ahora los conductores extranjeros también tendrán que abonar sus multas.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un sistema que permitirá multar a los conductores extranjeros que excedan la velocidad y sean “pillados” por un radar fijo, algo que hasta ahora no era posible.
Se ha instalado un adaptador en cuatro radares fijos que les hará funcionar de una forma similiar a la que lo hacen los radares móviles.
Cuando el radar detecte que un vehículo con matrícula extranjera ha sobrepasado el límite de velocidad se notificará y se le enviará una fotografía a los agentes de tráfico más cercanos. A pocos kilómetros de donde el conductor haya cometido la infracción le estarán esperando los agentes de tráfico para notificarle la sanción y proceder al cobro.
Los radares elegidos para implantar este nuevo sistemas son los situados en la AP-7 en Castellón, en la A-7 en Murcia, en la A-31 en Alicante y en la A-52 en Zamora, y se han elegido precisamente estos porque se ha comprobado que es donde se dan en torno el 30% de las infracciones cometidas por los conductores con matrícula extranjera, porcentaje que se incrementa en un 40% en los meses de verano.
Seguro que con esta medida los conductores extranjeros se lo piensan más antes de convertir nuestras carreteras en un circuito de velocidad.
2010
26
Jul

Como ya sabéis cada vez es posible hacer más trámites de forma telemática, y los trámites de la Dirección General de Tráfico (DGT) no iban a ser una excepción.
Como ya sabéis desde hace más de un año, febrero del 2009, se pueden recibir las notificaciones de las multas de tráfico por e-mail y sms, pero a partir del 25 de noviembre del 2010, fecha de la entrada en vigor de la última reforma en materia sancionadora de la Ley de Seguridad Vial, a través de internet o del móvil los conductores también consultar el saldo de puntos o las fechas para pasar la ITV, entre otros trámites.
Además los coches matriculados en nombre de empresas tendrán obligatoriamente que sustituir el domicilio físico del vehículo por uno electrónico para que cualquier infracción se le pueda comunicar por esta vía.
Con el sistema de notificación mediante correo postal las notificaciones no siempre llegan a sus destinatarios, bien por un cambio de domicilio o por no estar en él en el momento en el que el cartero lleva la notificación, lo hace que haya muchos conductores que desconozcan que les ha sido impuesta una multa, para dar solución a este problema todas las notificaciones que no se puedan hacer en el domicilio se publicarán en una web denominada Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico donde podrán consultarse las infracciones.
2010
23
Jul

El próximo 3 de diciembre entrará en vigor la reforma del Código Penal en el que se incluirán muchas novedades, entre ellas las que se encuentra el decomiso del vehículo de os conductores infractores.
Según ha explicado Bartolomé Vargas, Fiscal de Seguridad Vial, se demuestra “una relación criminógena” del conductor con su coche y, por tanto, el decomiso está justificado. Es decir, un conductor que comete un delito, por ejemplo por circular con exceso de velocidad, por no tener carné o por altas tasas de alcoholemia, y además tiene instalado un inhibidor de radar es que tiene intención de volver a delinquir, y, por tanto, está justificado el decomiso para evitar que lo haga.
Para que al conductor de un vehículo se le retire el vehículo, desde la Fiscalía se tendrá en cuenta cuestiones como la reincidencia del conductor, la gravedad de la pena, las manipulaciones que alteren las condiciones legalmente prescritas para la circulación, la utilización de tacógrafos manipulados, de mecanismos como los inhibidores de radares u ocultar la matrícula.
Pero además de estos criterios también se tendrán en cuenta otro tipo de cuestiones a la hora de decomisar o no un vehículo, como la situación económica y personal y, fundamentalmente, la necesidad que tenga el infractor de su vehículo para poder desempeñar su trabajo, es decir no se realizará un decomiso de vehículos indiscriminado.
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