¿Qué permiso de conducción, de los que se citan, permite conducir cualquier tipo de motocicleta?
- a) El permiso de la clase A2
- b) El permiso de la clase A
- c) El permiso de la clase AM
Respuesta: B
Explicación:
Para reponder esta pregunta no hay nada mejor que remitirnos al Reglamento General de Conductores que entró en vigor el pasado 8 de diciembre.
Lo que dice el Reglamento General de Circulación:
Artículo 4. Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo:
2. El permiso de conducción será de las siguientes clases:
- a) El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos. No obstante, hasta los dieciocho años cumplidos no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten pasajeros.
- b) El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/ peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.
- c) El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
- d) El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW
Es decir, el permiso de los que se citan en la pregunta con el que se puede conducir cualquier tipo de motocicleta es el A
El conductor y los acompañantes que viajan en un vehículo dotado con modernas medidas de seguridad activa y pasiva, ¿pueden resultar heridos en caso de accidente?
- a) Sí, a pesar de oiseer elementos de seguridad activa y pasiva pueden resultar gravemente heridos.
- b) No, porque los elementos de seguridad evitarán, en cualquier situación, que los pasajeros sufran heridas.
- c) No, siempre y cuando el conductor circule a las velocidades reglamentarias permitidas.
Respuesta: A
Explicación:
Afortunadamente la tecnología en automoción avanza a pasos agigantados en beneficio de nuestra seguridad, y los vehículos empiezan a acumular una serie de medidas, tanto en seguridad activa como pasiva, inimaginables hace 10 años.
Estas medidas de seguridad hacen que el conductor y los ocupantes del vehículo se sientan protegidos ante cualquier circunstancia del tráfico, pero estas medidas de seguridad lamentablemente no nos pueden garantizar nuestra integridad física en caso de accidente.
Las pruebas crash test se realizan a velocidades que no suelen superar los 55 km/h. Hasta esta velocidad los fabricantes de vehículos, y así lo ratifican las pruebas EuroNCAP, dan garantías de consevar la integridad de sus ocupantes.
Por encima de esta velocidad, en caso de accidente con un objeto fijo en la vía, la deceleración que sufren sus ocupantes es de tal magnitud que sus órganos internos no son capaaces de soportarlo y se producen severas e importantes lesiones internas que, en la mayoría de los casos, conllevan la muerte de sus ocupantes. No obstante, si el mismo accidentes ocurre a 120 km/h, pero el vehículo no choca violentamente contra un objeto fijo y rígido en la vía, por ejemplo en caso de salida de la vía, probablemente no dañe a los ocupantes, ya que tardará un rato en detenerse del todo y la acelaración no habrá sido tan violenta.
Los cinturones de seguridad de un turismo, ¿donde no es obligatorio llevarlos abrochados?
a) Es obligatorio llevarlos abrochados en todo tipo de vías, tanto urbanas como interurbanas.
b) No es obligatorios llevarlos abrochados en las vías interurbanas
c) No es obligatorio llevarlos abochados en las vías urbanas.
Respuesta: A
Explicación:
El cinturón de seguridad siempre debe ir correctamente abrochados tanto en las vías urbanas como en las interurbanas, tanto por los ocupantes del turismo de los asientos delanteros como de los traseros.
Lo que dice el Reglamento General de Circulación:
“Se utilizarán cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abochasos, tanto en la circulación de vías urbanas como interurbanas por el conductor y los pasajeros:
- De los turismos
- De aquellos vehículos con MMA de hasta 3.500 kilogramos que, conservanso las características esenciales de los turismos, estén dispuestos para el transporte, simultáneo o no, de personas y mercancías (…)”
No obstante toda norma tiene su excepción y hay ciertos conductores que están exentos de llevar el cinturón de seguridad abrochado como es el caso de los taxistas cuando circulen en poblado, los conductores al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento…