
Ya os informamos de que el periodo de validez entre pruebas de una misma convocatoria sigue siendo de dos años, pero aún sigue habiendo dudas sobre la caducidad de las pruebas, por eso hoy vamos a hacer un resumen de las diferencias entre los plazos en la obtención de los permisos de circulación.
Plazos entre convocatorias:
Cada solicitud para obtener un permiso de conducir nos da derecho a dos convocatorias. Entre estas dos convocatorias no deben pasar más de 6 meses excepto en casos excepcionales y justificados como enfermedad.
Es decir, en el caso de que en la primera convocatoria resultemos No Apto, tenemos un plazo de 6 meses para presentarnos a la segunda convocatoria.
Periodo de validad de las pruebas superadas:
Cuando nos presentamos a una convocatoria y resultamos Aptos tenemos un periodo de validez de dos años para superar la siguiente prueba.
Pro ejemplo si superamos el examen teórico del permiso de conducir tenemos un plazo de dos años para poder superar la prueba práctica, concretamente el plazo de dos años comenzará a contar desde el día siguiente del primer apto.
Convocatorias y fechas de realización de las pruebas:
Entre la segunda y la tercera convocatoria para que un alumno se pueda presentar de nuevo al examen tendrán que transcurrir al menos 12 días naturales, y el plazo aumentará a 18 días para las siguientes convocatorias. Estos plazos empiezan a contar desde la fecha en la que se realiza el examen con resultado de No Apto
Cono novedad del Reglamento General de Conductores que entró en vigor el pasado 8 de diciembre, ya no existe la obligación de que los alumnos tengan que asistir a clases obligatorias entre las convocatorias.
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