Más de 31.000 conductores han sido denunciados durante la última campaña de control de velocidad

velocidad

  • Se ha controlado la velocidad a 502.473 conductores, de los cuales 31.104 superaban los lí­mites permitidos.
  • El 65% de las infracciones se han detectado en ví­as convencionales y travesí­as.
  • Durante la campaña, 7 conductores han sido puestos a disposición judicial acusados de un delito contra la seguridad vial por exceder en más de 80km/h la velocidad permitida.

Durante los siete dí­as de campaña de vigilancia y control de velocidad puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico entre el 22 y 28 de agosto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado la velocidad de 502.473 vehí­culos.

Del total de vehí­culos controlados, 31.104 conductores resultaron infractores, y por lo tanto denunciados por exceso de velocidad. El 65% de las infracciones detectadas fueron en carreteras convencionales y el 35% en las ví­as de alta capacidad (autoví­a y autopista)

Siete de los conductores denunciados incurrieron en delito y fueron puestos  a   disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la ví­a, según se recoge en el Código Penal.

Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los controles en este tipo de ví­a tanto con radares estáticos como dinámicos. En este tipo de ví­as se ha detectado el 65 % de las infracciones.

Por tipos de ví­as (ámbito DGT)

  Vehí­culos

Controlados

Vehí­culos

Denunciados

Autoví­a/ Autopista

Vel. Máxima 120 km/h)

209.504 11.015 (5,2%)
Convencional

(Vel. Máxima 90-100 km/h)

292.969 20.082 (6,8%)
TOTAL 502.473 31.097

A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policí­as autonómicas y locales han realizado en su ámbito de competencia, colaboración muy importante de modo que se unifica el mensaje de respeto de los lí­mites de velocidad establecidos, independientemente de la ví­a por la que se circule.

NORMATIVA

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los lí­mites genéricos y especí­ficos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehí­culos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, tal y como se recoge en la siguiente tabla:

sanciones

Además, el artí­culo 379 del Código Penal, estipula que €œel que condujere un vehí­culo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en ví­a urbana o en ochenta kilómetros por hora en ví­a interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa dí­as, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehí­culos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años€.

El sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido.

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