Multas de tráfico que pueden ponerte aunque no estés conduciendo

Pues sí­. Aunque no vayamos conduciendo, no estamos exentos de que nos pongan una multa… Hay determinadas acciones prohibidas que debemos conocer si no queremos enfrentarnos a una sanción. Son estas:

No tener el seguro del vehí­culo

Da igual que tengas el coche aparcado y no lo muevas. Tener seguro para el vehí­culo es totalmente obligatorio, según especifica el artí­culo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre:

“Todo propietario de vehí­culo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehí­culo de que sea titular”.

La sanción oscila entre los 601 y los 3005 euros. Esto dependerá de si te encontrabas circulando o estabas parado, si eres un particular o prestas un servicio profesional. Además, la cuantí­a de la multa también depende de si el vehí­culo lleva mucho tiempo sin seguro o si el vehí­culo ha sido interceptado en alguna que otra ocasión.

Además de la multa, el vehí­culo será llevado al depósito y solamente podrás retirarlo de allí­ una vez demuestres que ya tienes el seguro. Para retirarlo, también tendrás que abonar dinero, que depende de la comunidad. En Madrid, por ejemplo, esta cuantí­a asciende a 576 euros.

Lavar el coche en la calle

Esta prohibición de establece en el artí­culo 4.2 del Reglamento General de Circulación :

“Se prohí­be arrojar, depositar o abandonar sobre la ví­a objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en ella o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar”

lavar-coche

La sanción también varí­a según las comunidades. En Barcelona puede supone una multa de 30 euros, en Sevilla de 120 euros y en Madrid, la multa puede llegar hasta los 3.000 euros.

Reparar el vehí­culo en la calle también está prohibido y puede suponer una multa similar a la mencionada.

Entorpecer la circulación

Cualquier hecho que entorpezca la circulación normal del resto de vehí­culos puede suponer una sanción. Por ejemplo, si estás haciendo fotos en la calle y obligas a los coches a pararse, pueden ponerte una multa de 80 euros.

El artí­culo 4.3 del Reglamento General de Circulación:

“No se instalará en ví­as o terrenos objeto del ámbito de aplicación de la legislación sobre tráfico, circulación de vehí­culos a motor y seguridad vial ningún aparato, instalación o construcción, ni se realizarán actuaciones como rodajes, encuestas o ensayos, aunque sea con carácter provisional o temporal, que pueda entorpecer la circulación”.

Llevar la matrí­cula sucia, medio borrada o con manchas

Tener la matrí­cula sucia, medio borrada o con manchas, en definitiva, que no se pueda leer fácilmente, puede acarrear una multa de 200 euros, aunque no estemos circulando con el vehí­culo y éste se encuentre estacionado.

Tampoco se pueden añadir signos de cualquier tipo, adornos o publicidad, bajo multa de 80 euros.

Repostar el motor en marcha o las luces encendidas

gasolina

A parte de peligroso, repostar con el motor en marcha o con las luces encendidas puede suponer una sanción de 80 euros, según se establece en el artí­culo 115.3 del Reglamento General de Circulación, si mientras echas combustible, tienes €œencendida la radio u otros dispositivos de radiación electromagnética, tales como los teléfonos móviles€.

Dejar tu coche a una persona sin carné

Conducir sin carné está totalmente prohibido pero, además, te puedes llevar una multa de 100 euros por dejar tu vehí­culo a una persona que no lo tenga.

Tirar objetos por la ventanilla

Arrojar basura por la ventanilla del vehí­culo también está totalmente prohibido y sancionado con 200 euros y la retirada de 4 puntos si eres el conductor. Si el objeto entorpece la circulación, te podrán sancionar con 80 euros.

Aparcar el coche en la playa

Aparcar el vehí­culo en la arena de la playa o en los caminos de acceso a las mismas también está sancionado. La multa más cara la encontramos en Roquetas de Mar (Almerí­a) donde la multa puede llegar a 30.050 euros.

Cambiarse de domicilio y no notificarlo a la DGT

Si te cambias de casa y no lo notificas a la Jefatura de Tráfico, te pueden sancionar con 80 euros. Es un trámite gratuito y obligatorio. Basta con enseñar un documento que lo acredite, como el DNI o el certificado de empadronamiento.

Si vas de copiloto y no tienes puesto el cinturón

No llevar puesto el cinturón de seguridad supone una multa de entre 90 y 300 euros. Es totalmente obligatorio llevarlo puesto.

Circular en bici por la acera

bicicleta

Circular con la bicicleta por la acera está prohibido en nuestro paí­s y sancionado con multas que ascienden de los 30 a los 300 euros. Tampoco podrás cruzar los pasos de peatones subido en la bicicleta, ya que estarás incumpliendo la legislación vigente.

 

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Blog dedicado a la conducción, las autoescuelas y la seguridad vial. Está creado por un grupo de profesionales de la formación vial que comparten inquietudes y experiencias. Aquí­ podrás encontrar información variada sobre el dí­a a dí­a de la autoescuela, exámenes, test o novedades y consejos para una conducción más segura.

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