Los menores de 135 cm o menos deberán viajar en los asientos traseros del vehí­culo

Menores coche

A partir del próximo 1 de octubre, los menores que midan 135 cm o menos deben viajar en los asientos traseros del vehí­culo. Además, tal y como exige la norma, deberán utilizar los sistema de retención infantil adecuados a su talla.

La Dirección General de Tráfico ha establecido varias excepciones a esta obligatoriedad:

  1. Cuando el vehí­culo no disponga de asientos traseros
  2. Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas caracterí­sticas
  3. Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.

En estos casos, los menores podrán ocupar el asiento delantero del vehí­culo, pero siempre utilizando el sistema de retención homologado a su talla y peso.

Este cambio se ha recogido en Real Decreto 667/2015 de 17 de julio  (BOE de 18 de julio de 2015), que modifica el artí­culo 117 del Reglamento General de Conductores, sobre cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil. La modificación también dispone que los sistemas de retención infantil san instalados en el vehí­culo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante, instrucciones en las que se indicará de qué forma y en qué tipo de vehí­culos se pueden utilizar de forma segura.

Más seguridad para los menores

El objetivo de esta modificación es “la necesidad de plasmar en nuestro ordenamiento jurí­dico las evidencias cientí­ficas de numerosos estudios en los que demuestran el beneficio de que los niños viajen en los asientos traseros de los vehí­culos para así­ reforzar su protección.

Según un estudio realizado en Estado Unidos, con 5.751 menores de 15 años ocupantes de vehí­culos que habí­an sufrido un accidente grave de tráfico, estar sentado en el asiento de atrás tiene un efecto protector, respecto a lesión grave o muerte.

Otro estudio realizado en Australia (€œRear seat safer: seating position, restraint use and injuries in children in traffic crashes in Victoria, Australia€) concluyó que el riesgo de muerte en menores de 4 años que viajaban en un coche accidentado era el doble si lo hací­an en el asiento de delante y 4 veces más si se trataba de menores de 1 año.

Reglas de oro

En una nota de prensa, la DGT también ha elaborado una lista de reglas de oro a la hora de viajar con menores en el vehí­culo:

  • Nunca llevar al niño en brazos ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto para protegerle.
  • El uso de los sistemas de retención infantil (S.R.I.) reduce en un 75% las muertes y en un 90% las lesiones.
  • Asegurarse que la silla está bien instalada. No debe moverse. La mejor opción es el anclaje mediante el sistema Isofix
  • La cabeza del niño nunca debe asomar por encima del respaldo de la sillita. Si esto ocurre es necesario cambiarla por otra del grupo superior.
  • En caso de que el menor tenga que viajar en el asiento delantero, porque se dan alguna de las tres excepciones anteriormente comentadas, si el vehí­culo dispone de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.
  • Siempre bien anclados. En los trayectos cortos es donde se acumulan el mayor número de conductas de riesgo.
  • Tráfico recomienda seguir utilizando el sistema de retención infantil homologado a su peso y talla hasta que el menor alcance los 150 cm. Con más altura deberá usar el cinturón de seguridad del vehí­culo.
  • Es responsabilidad de los adultos transportar a los menores de manera segura y a priorizar la seguridad de los mismos

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