Modificaciones introducidas en el Reglamento General de Conductores por el Real Decreto 475/2013 en materia de mercancí­as peligrosas

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El pasado martes 9 de julio entró en vigor el Real Decreto 475/2013, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores.

Este Reglamento, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, no incluye las modificaciones de las disposiciones del ADR que se han introducido, a raí­z de las enmiendas propuestas por Portugal a los anexos A y B, y que fueron publicadas en el número 164 del Boletí­n Oficial del Estado (BOE), el 11 de julio de 2011.

Las principales modificaciones que se introducen en el Reglamento de Conductores son:

Si se quiere prorrogar la vigencia de la ampliación de la autorización, el titular deberá realizar un curso de reciclaje de especialización o un curso de formación inicial de especialización.

Será posible solicitar la renovación con antelación superior a los doce meses anteriores a la caducidad, computándose el periodo de validez desde la fecha en que se ha aprobado la prórroga de su vigencia. Se mantiene la posibilidad de renovación dentro de los doce meses anteriores a su caducidad, computándose el nuevo periodo a partir de la caducidad de la anterior.

Los titulares tendrán que realizar las pruebas de control de conocimientos para la prórroga de vigencia de la autorización, independientemente de si se trata de un curso de formación inicial o de un curso de reciclaje. El número de preguntas será:

  • En la prueba común de control de conocimientos para la obtención de la autorización, un mí­nimo de 25 preguntas y un máximo de 70.
  • En cada una de las pruebas de control de conocimientos especí­ficas para la ampliación de la autorización, un mí­nimo de 15 y un máximo de 40.
  • En cada una de las pruebas de control de conocimientos para la prórroga de vigencia, cuando se haya realizado un curso de reciclaje, un mí­nimo de 15 y un máximo de 40 para la prueba común y un mí­nimo de 10 y un máximo de 40 para las pruebas especí­ficas.
  • En cada una de las pruebas de control de conocimientos para la prórroga de vigencia, cuando se haya realizado un curso de formación inicial, las establecidas en los párrafos a) y b), según se trate de la prueba común o las especí­ficas, respectivamente.

Otro de los cambios introducidos es el tiempo de realización de las pruebas, que se amplí­a a 2 minutos por pregunta, excepto en algunos casos especiales (por ejemplo, ante las dificultades de comprensión lectora del aspirante) que podrá ampliarse a 3 minutos por pregunta.

Es destacable también la introducción de la “responsabilidad con la seguridad” en el contenido de la prueba teórica común, con el objetivo de que los transportistas de mercancí­as peligrosas tengan una mayor concienciación sobre la seguridad en este tipo de transporte.

 

 

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