
Aunque ya se ha hablado de ello en varias ocasiones el pago de las multas de tráfico con tarjeta de crédito en el momento de ser sancionados parece que va a ser una realidad a partir del 2012. Esta opción ya se ha venido probando en algunas provincias españolas para poder depurar errores antes de su implantación.
Esta posibilidad de pagar las multas al instante con mediante tarjeta ha sido anunciada por Pere Navarro, director general de Táfico, durante un encuentro con el Consejo General de Gestores Administrativos para presentar los avances dados en el cambio de titularidad y notificación de venta de vehículos por medios telemáticos.
Según indica Pere Navarro con esta posibilidad se pretende dar más facilidades a los conductores sancionados para pagar sus multas. Según ha expresado el director general de Tráfico la DGT se ha ido adaptando poco a poco y ha ido ampliando la oferta de formas y modo de pago de las multas de tráfico, el primer paso fue permitir que las multas se pudieran pagar a través de las sucursales bancarias, luego se permitió que las multas se pudieran pagar directamente en correos cuando el sancionado acude a recoger la notificación de la sanción y después también se permitió el pago telefónico y a través de la propia web de la DGT.
De hecho la variedad de formas de pago de las sanciones que existen actualmente hace que no llegue ni a un 10% el número de infractores que acuden a las Jefaturas de Tráfico a abonar sus sanciones, que era el único modo de pagarlas hasta no hace mucho.

Hasta ahora cuando viajábamos al extranjero, o cuando los exrtanjeros viajan a España, nos daba cierto permiso para cometer infracciones, porque sabíamos que iban a quedar impunes, pero esto, afortunadamente para la Seguridad Vial ha cambiado.
El Parlamento Europeo ha aprobado una directiva por la que se reforzará el intercambio de información entre países para asegurar que las multas lleguen al infractor con independencia del país donde haya cometido dicha infracción.
A pesar de esta normativa, habrá sanciones que quedarán sin su correspondiente castigo, las multas de aparcamiento quedarán excluidas, aunque sí se aplicará a infracciones como el exceso de velocidad, no llevar el cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, utilizar el móvil al volante, no utilizar el casco, no respetar la distancia de seguridad o circular por un carril no permitido.
Con esta nueva directiva aprobada por el Parlamento Europeo, las autoridades del país donde el infractor tiene matriculado el vehículo debe comunicar los datos del conductor del vehículo al país donde haya cometido la infracción, y este le enviará una carta a dicho conductor, en su idioma, en la que le informará de la infracción cometida y del importe de la sanción.
Una vez que se cierre el procedimiento se eliminará la información del infractor.

Como ya sabéis el pasado lunes 7 de marzo, a las 6:00 horas, comenzó el nuevo límite de velocidad de 110 km/h para autopistas y autovías, pero ¿sabemos todo lo que implica este cambio en el límite de velocidad?, ¿qué sanciones tendremos si lo sobrepasamos?, ¿nos restarán puntos?…
Hoy intentaremos despejar las dudas sobre el nuevo límite de velocidad, ya que además los conductores están obligados a conocer este cambio normativo, lo que significa que aunque veamos una señal de 120 km/h que no haya sido modificada nos podrán sancionar de todos modos.
Aclarando dudas sobre el nuevo límite de velocidad de 110 km/h en autopistas y autovías:
Vigencia del nuevo límite de velocidad: estará vigente desde el 7 de marzo hasta el 30 de junio del 2011, aunque se puede prorrogar por el Gobierno en función de la situación del mercado energético.
Sanciones y retirada de puntos: Las sanciones por superar los 110 km/h en autovías y autopiastas son las siguientes:
- de 111 km/h a 140 km/h multa de 100 euros sin retirada de puntos
- de 141 km/h a 160 km/h multa de 300 euros y retirada de 2 puntos (no se retirarán puntos hasta los 151 km/h)
- de 161 km/h a 170 km/h multa de 400 euros y retirada de 4 puntos
- de 171 km/h a 180 km/h multa de 500 euros y retirada de 6 puntos
- más de 181 km/h multa de 600 euros y retirada de 6 puntos
Esperamos haber aclarado las dudas sobre el nuevo límite de velocidad