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	<title>Blog para Autoescuelas &#187; sanciones</title>
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	<description>Noticias sobre el mundo de la autoescuela y te ayudamos con el examen</description>
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		<title>Si las señales solo están en catalán se pueden recurrir las sanciones</title>
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		<pubDate>Wed, 04 Jan 2012 10:30:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[
Cataluña tiene competencias en materia de tráfico, pero eso no le exime de cumplir la normativa vigente en cuanto a las señales de tráfico, que establece que las señales deben estar en los dos idiomas oficiales de la Comunidad, y esta normativa no se está cumpliando y muchas señakes sólo están en catalán.
Al no cumplirse [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-3622  aligncenter" title="señales" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2010/04/señales.jpg" alt="señales" width="400" height="218" /></p>
<p><strong>Cataluña tiene competencias en materia de tráfico</strong>, pero eso no le exime de<strong> cumplir la normativa</strong> vigente en cuanto a las <strong>señales de tráfico</strong>, que establece que <strong>las señales deben estar en los dos idiomas oficiales de la Comunidad</strong>, y esta normativa no se está cumpliando y muchas señakes sólo están en catalán.</p>
<p>Al no cumplirse la normativa y al estar las <strong>señales sólo en catalán</strong>, cualquier persona que haya sido sancionada en Cataluña puede <strong>recurrir la multa y exigir que se le devuelva la sanción</strong> ya que las señales no están adaptadas a la legalidad. De hecho ya hay casos en los que conductores multados a los que el Ayuntamiento de Barcelona les ha tenido que retirar la sanción por este hecho.</p>
<p>Un conductor aparcó su vehículo en una calle de Barcelona que estaba señalizada con un<strong> rótulo de prohibido parar y estacionar y un texto que sólo aparecía en catalán</strong>, el coche fue retirado por la grúa y además se le interpuso una sanción, pero el conductor, como el texto sólo estaba en catalán, decidió interponer un<strong> recurso ante el Consitario en el que solicitaba que le retiraran la sanción</strong> alegando que: <em>&#8220;La señal del Ayuntamiento de  Barcelona en la que se indicaba que no se podía estacionar el vehículo  estaba escrita exclusivamente en catalán, incumpliendo el artículo 56 de  la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad  Vial, que establece que &#8220;las indicaciones escritas de las señales se  expresarán al menos en el idioma español oficial del Estado&#8221;; también  incumple el artículo 138 del Reglamento General de Circulación, que  indica que &#8220;las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los  paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones, figurarán  en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la comunidad  autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la  señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad&#8221;.</em></p>
<p>El resultado fue la contestación del <strong>Ayuntamiento de Barcelona </strong>en la que se le notificaba que<em> &#8220;efectuadas las comprobaciones oportunas, se ha procedido a anular la sanción impuesta por infracción en los preceptos de la Legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial&#8221;.</em></p>
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		<title>Los Guardias Civiles piden que las multas se fijen en función de la renta</title>
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		<pubDate>Wed, 23 Nov 2011 09:56:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[
¿Qué os parecería que las multas de tráfico se fijen en función de la renta?, esta forma de establecer el importe de las sanciones de tráfico ya se lleva a cabo en los países bálticos y la Unión de Guardias Civiles (UGC) también ha sugerido a la Dirección General de Tráfico que también se aplique [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-1109  aligncenter" title="multa" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2009/05/multa.jpg" alt="multa" width="400" height="246" /></p>
<p>¿Qué os parecería que las <strong>multas de tráfico se fijen en función de la renta</strong>?, esta forma de establecer el importe de las sanciones de tráfico ya se lleva a cabo en los países bálticos y la <strong>Unión de Guardias Civiles (UGC)</strong> también <strong>ha sugerido a la Dirección General de Tráfico que también se aplique en España.</strong></p>
<p><strong>La UGC pide que se calcule el importe de las sanciones de tráfico con arreglo a la cuantía de los salarios y rentas de los infractores</strong>, y para ello argumenta que para un mileurista una multa de 350 euros es mucho dinero, mientras que para una persona que gana 3.000 euros no supone un gran desembolso.</p>
<p>Otra de las medidas propuestas po el sindicato de Guardias Civiles es que la <strong>reincidencia en las sanciones de tráfico tenga una repercusión económica.</strong></p>
<p>La <strong>UGC critica que las sanciones no se notifiquen al instante</strong>, algo que antes se hacía en la mayoría de los casos,  porque al no hacerlo se resiente la función preventiva.</p>
<p>Los<strong> guardias civiles </strong>también se quejan de que cada vez t<strong>ienen menos control sobre el tráfico</strong>, ya que son los ingenieron civiles de la DGT quienes se encargan de elegir los puntos exactos donde se colocan los radares, aunque es la Guardia Civil quien mejor conoce las carreteras.</p>
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		<title>Las sanciones más habituales en las carreteras secundarias</title>
		<link>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/las-sanciones-mas-habituales-en-las-carreteras-secundarias/</link>
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		<pubDate>Wed, 02 Nov 2011 10:06:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad Vial]]></category>
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		<description><![CDATA[
Durante la semana del 17 al 23 de octubre la Dirección General de Tráfico llevo a cabo una campaña de vigilancia en carreteras secundarias que tenía por objetivo conseguir compartamientos más seguros entre los conductores y reducir la siniestralidad de este tipo de vías.
Durante esta semana los agentes de tráfico controlaron un total de 404.761 [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="aligncenter size-full wp-image-6647" title="multas-trafico" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2011/04/multas-trafico.jpg" alt="multas-trafico" width="400" height="260" /></p>
<p>Durante la semana<strong> del 17 al 23 de octubre</strong> la<strong> Dirección General de Tráfico </strong>llevo a cabo una <strong>campaña de vigilancia en carreteras secundarias</strong> que tenía por objetivo conseguir compartamientos más seguros entre los conductores y reducir la siniestralidad de este tipo de vías.</p>
<p>Durante esta semana<strong> los agentes de tráfico controlaron un total de 404.761 vehículos</strong>, de los que<strong> 20.630 conductores fueron sancionados.</strong></p>
<p>Entre las<strong> infracciones más frecuentes entre los conductores</strong> se encuentran el <strong>exceso de velocidad</strong>, por este motivo se sancionó a 8548 conductores (el 41,4%), <strong>no utilizar el cinturón de seguridad u otros sistemas de retención</strong>, este motivo fue el causante de 2491 denuncias (el 12,07%), <strong>el uso del móvil al volante</strong>, infracción por la que fueron sancionados 1188 conductores (el 5,75%).</p>
<p>Otras infracciones habituales durante esta semana han sido los <strong>adelantamientos antirreglamentarios </strong>(414 denuncias), <strong>no respetar la señal de stop</strong> (335 denuncias) y<strong> no respetar la señal de ceda el paso</strong> (91 denuncias).</p>
<p>Entre las infracciones habituales desgraciadamente también se encuentra <strong>conducir bajo los efectos del alcohol</strong>, durante esta semana 883 conductores dieron positivo en las pruebas de alcoholemia que se han realizado.</p>
<p>Otro tema pendiente entre los conductores es el relativo a la <strong>documentación obligatoria de los vehículos en circulación</strong>, se han denunciado a 1403 conductores no tener la documentación del vehículo en regla y a otros 649 por no tene alguno de los documentos exigidos al conductor.</p>
<p>Las <strong>deficiencias técnicas en los vehículos</strong> que se han controlado también se encuentran entre las sanciones más impuestas durante esta semana, por este motivo se han sancionado a 1252 conductores.</p>
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		<title>En 2012 se podrán pagar las multas al momento con la tarjeta de crédito</title>
		<link>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/en-2012-se-podran-pagar-las-multas-al-momento-con-la-tarjeta-de-credito/</link>
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		<pubDate>Tue, 25 Oct 2011 07:45:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[
Aunque ya se ha hablado de ello en varias ocasiones el pago de las multas de tráfico con tarjeta de crédito en el momento de ser sancionados parece que va a ser una realidad a partir del 2012. Esta opción ya se ha venido probando en algunas provincias españolas para poder depurar errores antes de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="aligncenter size-full wp-image-7729" title="tarjeta credito" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2011/10/tarjeta-credito.jpg" alt="tarjeta credito" width="400" height="300" /></p>
<p>Aunque ya se ha hablado de ello en varias ocasiones el<strong> pago de las multas de tráfico con tarjeta de crédito en el momento de ser sancionados</strong> parece que va a ser una realidad a partir del 2012. Esta opción ya se ha venido probando en algunas provincias españolas para poder depurar errores antes de su implantación.</p>
<p>Esta posibilidad de pagar las multas al instante con mediante tarjeta ha sido anunciada por<strong> Pere Navarro, director general de Táfico,</strong> durante un <strong>encuentro con el Consejo General de Gestores Administrativos</strong> para presentar los avances dados en el cambio de titularidad y notificación de venta de vehículos por medios telemáticos.</p>
<p>Según indica <strong>Pere Navarro con esta posibilidad se pretende dar más facilidades a los conductores sancionados para pagar sus multas</strong>. Según ha expresado el director general de Tráfico la DGT se ha ido adaptando poco a poco y ha ido <strong>ampliando la oferta de formas y modo de pago de las multas de tráfico</strong>, el primer paso fue permitir que las multas se pudieran pagar a través de las sucursales bancarias, luego se permitió que las multas se pudieran pagar directamente en correos cuando el sancionado acude a recoger la notificación de la sanción y después también se permitió el pago telefónico y a través de la propia web de la DGT.</p>
<p>De hecho la variedad de formas de pago de las sanciones que existen actualmente hace que no llegue ni a un 10% el número de infractores que acuden a las Jefaturas de Tráfico a abonar sus sanciones, que era el único modo de pagarlas hasta no hace mucho.</p>
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		<title>Las infracciones en el extranjero tendrán sanción</title>
		<link>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/las-infracciones-en-el-extranjero-tendran-sancion/</link>
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		<pubDate>Wed, 13 Jul 2011 07:06:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[
Hasta ahora cuando viajábamos al extranjero, o cuando los exrtanjeros viajan a España, nos daba cierto permiso para cometer infracciones, porque sabíamos que iban a quedar impunes, pero esto, afortunadamente para la Seguridad Vial ha cambiado.
El Parlamento Europeo ha aprobado una directiva por la que se reforzará el intercambio de información entre países para asegurar [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-7378 aligncenter" title="infracciones extranjero" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2011/07/infracciones-extranjero.jpg" alt="infracciones extranjero" width="400" height="221" /></p>
<p>Hasta ahora cuando<strong> viajábamos al extranjero</strong>, o cuando los exrtanjeros viajan a España, nos daba cierto permiso para cometer<strong> infracciones</strong>, porque sabíamos que iban a quedar <strong>impunes</strong>, pero esto, afortunadamente para la Seguridad Vial ha cambiado.</p>
<p>El <strong>Parlamento Europeo ha aprobado una directiva por la que se reforzará el intercambio de información entre países para asegurar que las multas lleguen al infractor </strong>con independencia del país donde haya cometido dicha infracción.</p>
<p>A pesar de esta normativa, <strong>habrá sanciones que quedarán sin su correspondiente castigo, las multas de aparcamiento quedarán excluidas</strong>, aunque sí se aplicará a infracciones como el exceso de velocidad, no llevar el cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, utilizar el móvil al volante, no utilizar el casco, no respetar la distancia de seguridad o circular por un carril no permitido.</p>
<p>Con esta nueva directiva aprobada por el Parlamento Europeo, las autoridades del país donde el infractor tiene matriculado el vehículo debe comunicar los datos del conductor del vehículo al país donde haya cometido la infracción, y este le enviará una carta a dicho conductor, en su idioma, en la que le<strong> informará de la infracción cometida y del importe de la sanción.</strong></p>
<p>Una vez que se cierre el procedimiento se eliminará la información del infractor.</p>
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		<title>Aclarando dudas sobre el nuevo límite de 110 km/h en autovías y autopistas</title>
		<link>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/aclarando-dudas-sobre-el-nuevo-limite-de-110-kmh-en-autovias-y-autopistas/</link>
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		<pubDate>Wed, 09 Mar 2011 10:06:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[autopistas]]></category>
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		<category><![CDATA[límite de velocidad]]></category>
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		<description><![CDATA[
Como ya sabéis el pasado lunes 7 de marzo, a las 6:00 horas, comenzó el nuevo límite de velocidad de 110 km/h para autopistas y autovías, pero ¿sabemos todo lo que implica este cambio en el límite de velocidad?, ¿qué sanciones tendremos si lo sobrepasamos?, ¿nos restarán puntos?&#8230;
Hoy intentaremos despejar las dudas sobre el nuevo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-6249 aligncenter" title="limite-110-kmh" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2011/03/limite-110-kmh.png" alt="limite-110-kmh" width="400" height="398" /></p>
<p>Como ya sabéis el pasado<strong> lunes 7 de marzo, a las 6:00 horas</strong>, comenzó el <a href="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/el-nuevo-limite-de-velocidad-de-110-kmh-en-las-autovias-y-autopistas/">nuevo límite de velocidad de 110 km/h para autopistas y autovías</a>, pero ¿sabemos todo lo que implica este cambio en el límite de velocidad?, ¿qué sanciones tendremos si lo sobrepasamos?, ¿nos restarán puntos?&#8230;</p>
<p>Hoy <strong>intentaremos despejar las dudas sobre el nuevo límite de velocidad</strong>, ya que además <strong>los conductores están obligados a conocer este cambio normativo</strong>, lo que significa que aunque veamos una señal de 120 km/h que no haya sido modificada nos podrán sancionar de todos modos.</p>
<h3><span style="color: #99cc00;">Aclarando dudas sobre el nuevo límite de velocidad de 110 km/h en autopistas y autovías:</span></h3>
<p><strong><span style="color: #5cabc8">Vigencia del nuevo límite de velocidad:</span></strong> estará vigente desde el 7 de marzo <strong>hasta el 30 de junio del 2011</strong>, aunque <strong>se puede prorrogar</strong> por el Gobierno en función de la situación del mercado energético.</p>
<p><strong><span style="color: #5cabc8">Sanciones y retirada de puntos:</span> </strong>Las sanciones por superar los 110 km/h en autovías y autopiastas son las siguientes:</p>
<ul>
<li>de <strong>111 km/h a 140 km/h</strong> multa de 100 euros sin retirada de puntos</li>
<li> de <strong>141 km/h a 160 km/h</strong> multa de 300 euros y retirada de 2 puntos (no se retirarán puntos hasta los 151 km/h)</li>
<li> de <strong>161 km/h a 170 km/h</strong> multa de 400 euros y retirada de 4 puntos</li>
<li> de <strong>171 km/h a 180 km/h</strong> multa de 500 euros y retirada de 6 puntos</li>
<li> <strong>más de 181 km/h</strong> multa de 600 euros y retirada de 6 puntos</li>
</ul>
<p>Esperamos haber aclarado las dudas sobre el nuevo límite de velocidad</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Los conductores extranjeros que excedan el límite de velocidad también podrán ser multados</title>
		<link>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/los-conductores-extranjeros-que-excedan-el-limite-de-velocidad-tambien-podran-ser-multados/</link>
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		<pubDate>Thu, 19 Aug 2010 10:08:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[límite de velocidad]]></category>
		<category><![CDATA[multas]]></category>
		<category><![CDATA[sanciones]]></category>
		<category><![CDATA[velocidad]]></category>

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Hasta ahora muchos conductores extranjeros que excedían los límites de velocidad se &#8220;iban de rositas&#8221; aunque un radar fijo hubiera detectado su exceso de velocidad, pero ahora los conductores extranjeros también tendrán que abonar sus multas.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un sistema que permitirá multar a los conductores extranjeros que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-643 aligncenter" title="radar" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2009/03/radar.jpg" alt="radar" width="400" height="367" /></p>
<p>Hasta ahora muchos <strong>conductores extranjeros </strong>que excedían los <strong>límites de velocidad</strong> se<em> </em>&#8220;iban de rositas&#8221; aunque un radar fijo hubiera detectado su <strong>exceso de velocidad</strong>, pero ahora l<strong>os conductores extranjeros también tendrán que abonar sus multas.</strong></p>
<p>La <strong>Dirección General de Tráfico (DGT)</strong> ha puesto en marcha un sistema que permitirá <strong>multar a los conductores extranjeros que excedan la velocidad y sean &#8220;pillados&#8221; por un radar fijo</strong>, algo que hasta ahora no era posible.</p>
<p>Se ha instalado un adaptador en cuatro radares fijos que les hará funcionar de una forma similiar a la que lo hacen los radares móviles.</p>
<p>Cuando el radar detecte que un <strong>vehículo con matrícula extranjera</strong> ha sobrepasado el<strong> límite de velocidad</strong> se notificará y se  le enviará una fotografía a los agentes de tráfico más cercanos. A pocos kilómetros de donde el conductor haya cometido la infracción le estarán esperando los agentes de tráfico para <strong>notificarle la sanción y proceder al cobro.</strong></p>
<p>Los radares elegidos para implantar este nuevo sistemas son los situados en la<strong> AP-7 en Castellón, en la A-7 en Murcia, en la A-31 en Alicante y en la A-52 en Zamora</strong>, y se han elegido precisamente estos porque se ha comprobado que es donde se dan en torno el<strong> 30% de las infracciones cometidas por los conductores con matrícula extranjera</strong>, porcentaje que se incrementa en un 40% en los meses de verano.</p>
<p>Seguro que con esta medida los conductores extranjeros se lo piensan más antes de convertir nuestras carreteras en un circuito de velocidad.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>La DGT se sigue modernizando con los trámites telemáticos</title>
		<link>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/la-dgt-se-sigue-modernizando-con-los-tramites-telematicos/</link>
		<comments>http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/la-dgt-se-sigue-modernizando-con-los-tramites-telematicos/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 26 Jul 2010 08:57:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[DGT]]></category>
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		<description><![CDATA[
Como ya sabéis cada vez es posible hacer más trámites de forma telemática, y los trámites de la Dirección General de Tráfico (DGT) no iban a ser una excepción.
Como ya sabéis desde hace más de un año, febrero del 2009, se pueden recibir las notificaciones de las multas de tráfico por e-mail y sms, pero [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-390 aligncenter" title="multa" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2009/02/multa.jpg" alt="multa" width="400" height="246" /></p>
<p>Como ya sabéis cada vez es posible hacer más<strong> trámites de forma telemática</strong>, y los trámites de la <strong>Dirección General de Tráfico (DGT)</strong> no iban a ser una excepción.</p>
<p>Como ya sabéis desde hace más de un año, febrero del 2009,<a href="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/multas-por-email-y-sms-la-dgt-se-moderniza/"> se pueden recibir las notificaciones de las multas de tráfico por e-mail y sms</a>, pero a partir del<strong> 25 de noviembre del 2010</strong>, fecha de la entrada en vigor de la última reforma en materia sancionadora de la Ley de Seguridad Vial, <strong>a través de internet o del móvil los conductores también consultar el saldo de puntos o las fechas para pasar la ITV, entre otros trámites.</strong></p>
<p>Además los<strong> coches matriculados en nombre de empresas</strong> tendrán obligatoriamente que <strong>sustituir el domicilio físico del vehículo por uno electrónico </strong>para que cualquier infracción se le pueda comunicar por esta vía.</p>
<p>Con el sistema de <strong>notificación mediante correo postal</strong> las notificaciones no siempre llegan a sus destinatarios, bien por un cambio de domicilio o por no estar en él en el momento en el que el cartero lleva la notificación, lo hace que haya <strong>muchos conductores que desconozcan que les ha sido impuesta una mult</strong>a, para dar solución a este problema todas las notificaciones que no se puedan hacer en el domicilio se publicarán en una <strong>web</strong> denominada <strong>Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico</strong> donde podrán consultarse las infracciones.</p>
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		<title>Razones para el decomiso del vehículo a los conductores infractores</title>
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		<pubDate>Fri, 23 Jul 2010 10:15:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Seguridad Vial]]></category>
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El próximo 3 de diciembre entrará en vigor la reforma del Código Penal en el que se incluirán muchas novedades, entre ellas las que se encuentra el decomiso del vehículo de os conductores infractores.
Según ha explicado Bartolomé Vargas, Fiscal de Seguridad Vial, se demuestra &#8220;una relación criminógena&#8221; del conductor con su coche y,  por [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-5041 aligncenter" title="decomiso" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2010/07/decomiso.jpg" alt="decomiso" width="400" height="200" /></p>
<p>El próximo <strong>3 de diciembre</strong> entrará en vigor la <strong>reforma del Código Penal</strong> en el que se incluirán muchas novedades, entre ellas las que se encuentra el <strong>decomiso del vehículo de os conductores infractores</strong>.</p>
<p>Según ha explicado<strong> Bartolomé Vargas, Fiscal de Seguridad Vial</strong>, se demuestra <strong>&#8220;una relación criminógena&#8221; del conductor con su coche</strong> y,  por tanto, el decomiso está justificado. Es decir, un conductor que   comete un delito, por ejemplo por circular con exceso de velocidad,  por no tener carné o por  altas tasas de alcoholemia,  y además tiene  instalado un inhibidor de radar es  que tiene intención de volver a  delinquir, y,  por tanto, está justificado el decomiso para evitar que  lo haga.</p>
<p>Para que al conductor de un vehículo se le retire el vehículo, desde la Fiscalía se tendrá en cuenta cuestiones como la <strong>reincidencia del conductor</strong>,  la <strong>gravedad </strong>de la pena, las <strong>manipulaciones que alteren las condiciones</strong> legalmente prescritas para la circulación, la utilización de<strong> tacógrafos manipulados</strong>,  de mecanismos como los<strong> inhibidores de radares</strong> u <strong>ocultar la matrícula.</strong></p>
<p>Pero además de estos criterios también se tendrán en cuenta otro tipo de cuestiones a la hora de decomisar o no un vehículo, como la <strong>situación económica y personal</strong> y, fundamentalmente, la<strong> necesidad que tenga el infractor de su vehículo para poder desempeñar su trabajo</strong>, es decir no se realizará un decomiso de vehículos indiscriminado.</p>
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		<title>Los conductores con permisos de otros países también perderán puntos</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Jun 2010 09:50:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Permiso por puntos]]></category>
		<category><![CDATA[infracciones]]></category>
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		<category><![CDATA[Seguridad Vial]]></category>

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No hace mucho dábamos la voz de alarma de una práctica que se está empezando a dar en nuestro país, los conductores sin puntos canjean sus permisos en Portugal para poder seguir circulando por las carreteras españolas, y la Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha dado respuesta a esta práctica y a las sanciones [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-full wp-image-615 aligncenter" title="recuperar-puntos" src="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/wp-content/uploads/2009/03/recuperar-puntos.jpg" alt="recuperar-puntos" width="400" height="300" /></p>
<p>No hace mucho dábamos la voz de alarma de una práctica que se está empezando a dar en nuestro país,<a href="http://www.blogdelaautoescuela.com/blog/los-conductores-sin-puntos-canjean-sus-permisos-en-portugal/"> los conductores sin puntos canjean sus permisos en Portugal</a> para poder seguir circulando por las carreteras españolas, y la <strong>Dirección General de Tráfico (DGT) </strong>ya ha dado respuesta a esta práctica y a las sanciones de tráfico cometidas por conductores con permisos de conducir expedidos en otros países.</p>
<p>Los conductores que circulen en España con <strong>permisos expedidos en otros países </strong>y cometan infracciones de tráfico <strong>no sólo serán sancionados con una multa económica sino que también perderán puntos</strong> e incluso se podrían llegar a quedar <strong>sin la posibilidad de conducir por las carreteras de nuestro país.</strong></p>
<p>En el caso de que un conductor que tenga un permiso de conducir de otro país haya cometido tantas infracciones como para <strong>agotar su saldo de puntos</strong>, aunque no se le retirará el permiso de conducir <strong>no podrá conducir en España hasta que supere una prueba de control de conocimientos</strong>, exactamente igual que ocurre con los conductores con permiso de conducir español.</p>
<p>En el caso de que el <strong>conductor que agota sus puntos tenga un permiso comunitario</strong>, que le permite conducir en cualquier país de la Unión Europea, se procederá a la <strong>retirada de sis pemiso de conducir</strong> y será remitido al Estado que lo haya expedido, indicándole que se ha declarado la pérdida de su vigencia y <strong>no está habilitado para la conducción en España.</strong></p>
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