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2009 11 May

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento General de Conductores, que deroga totalmente el actual, que fue aprobado en 1997.

El Nuevo Reglemento General de Conductores introduce novedades, entre las que destacan:

  • La simplificación y ampliación de los plazos de vigencia y renovación de los permisos para adaptarse a la Directiva Comunitaria, a partir de este nuevo Reglamento los permisos se renovarán cada 10 años hasta que se cumplan los 65 años, momento en el que se empezarán a renovar cada 5 años. En el caso de los permisos profesionales se renovarán cada 5 años, y a partir de los 65 años cada 3 años.
  • Se introduce un nuevo permiso de conducción para motocicletas, el A2, este permiso autoriza a conducir motos de potencia media, hasta los 500 cc. Para poder acceder a este permiso el aspirante debe tener al menos 18 años y tiene que superar todas las pruebas necesarias para su obtención, o si ya dispone del permiso A1 desde hace un mímimo de dos años basta con que supere una prueba de control de aptitudes y comportamientos.
  • La licencia de ciclomotor, que se empezará a llamar Permiso de Conducir AM, no se podrá obtener hasta los 15 años, de este modo se amplía en un año la edad mínima para su obtención. Con ella no se podrán transportar pasajeros hasta que se hayan cumplido los 18 años, a no ser que se haya obtenido la licencia antes del 1 de septiembre del 2008, en cuyo caso sí se podrá hacer. Este Permiso de Conducir AM no entrará en vigor hasta el 1 de septiembre de 2010.

Quienes quieran conocer todos los datos de este nuevo Reglamento General de Conductores pueden descargar la Nota de Prensa publicada por la DGT.

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