
Desde que se comenzó a tramitar la Reforma de la Ley de Seguridad Vial los límites de velocidad han sido un tema muy debatido.
Hay que tener en cuenta que aunque los radares son bastante fiables, al igual que los cuentakilómetros de los vehículos, no son totalmente infalibles, por eso hasta ahora se permitía un margen del 10% a la hora de aplicar sanciones por excesos de velocidad, pero en su momento ya comentamos que con la Reforma de la Ley de Seguridad Vial desaparecería este margen de velocidad en las carreteras, lo que supondrría que si circulamos por una autopista o autovía a 121 kilómetros por hora podríamos ser sancionados con una multa de 100 euros, aunque no nos conllevaría la pérdida de puntos.
Después de la polémica que ha levantado esta medida, finalmente ayer los grupos parlamentarios han acordado introducir un cambio en la nueva Ley de Seguridad Vial para que se sigan manteniendo los márgenes de error en los radares, con esta rectificación de la ley el Senado pretende evitar que se produzca una avalancha de recursos por este tipo de sanciones.
Con el acuerdo conseguido ayer en el Senado se mantendrá el margen de tolerancia del 10%, lo que se traduce en que los conductores podrán seguir circulando por las autovías o autopistas a 132 kilómetros por hora sin ser sancionados.
Fuete: La Nueva España

Finalmente ayer se aprobó en el Congreso de los Diputados, con la abtención del PP y el apoyo del resto de grupos, la nueva Ley de Tráfico.
Las asociaciones de automovilistas han mostrado su desacuerdo con esta nueva ley ya que creen que la prioridad de esta reforma de la ley de Tráfico es “recaudar más” y “evitar que los conductores recurran las multas” porque el proceso a través del cual el conductor puede recurrir la multa se “ha acortado mucho” y la reducción del importe de la multa por pronto pago que pasa de ser del 30% al 50% motiva que los conductores crean que es mejor no recurrirla.
Tomás Santa Cecilia, director de Seguridad Vial del RACE, opina que esta norma busca “recaudar el máximo número de multas posible” y cree que la ley “se ha aprobado en detrimento de los derechos de los conductores y a favor de la Administración”. Además él hubiera preferido que la reforma se aprobara por unanimidad y duda de la “eficacia de una ley que se ha aprobado sin el apoyo del principal grupo de la oposición”.
Por su parte, Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, opina que lo que persigue la nueva ley es que “todo el mundo pague aunque sea inocente” ya que “cuesta más barato aceptar la culpa que no es tuya que defender el derecho a recurrir”, además también opina que “se necesita una reforma de la ley de Tráfico, pero esta no es la reforma que se necesita”.
Fuente: Siglo XXI

Entre las enmiendas a la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico se han aprobado una serie de emniendas que tienen como novedades:
- Un vehículo estacionado en zona azul pero sin la autorización necesaria podrá ser multado pero no podrña ser retirado por la grúa, aunque si se podrá retirar el vehículo en caso de que esté ocupando una plaza de estacionamiento reservada para discapacitados, algo que se considera como una falta grave.
- Falta grave también se considerará programar el navegador GPS durante la conducción y puede conllevar multas de hasta 200 euros.
- También se han introducido enmiendas para limitar las infracciones en las que se pierden puntos del permiso de conducir, ya que la retirada de cuatro puntos por conducción temeraria es muy ambigua.
- No se perderán puntos por parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o interseciones, aunque el conductor que haga una de estas paradas sí podrá ser multado.
- Siempre que no se excedan los 130 km/h tampoco se restarán puntos por exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades.
- Utilizar los detectores de radar ya no estará prohibido, aunque sí puede ser sancionable utilizar inhibidores de los sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
- Sólo se podrá pasar la ITV si se ha pagado el seguro obligatorio de vehículo.
- Ya no será obligatorio llevar toda la documentación el coche, como por ejemplo el recibo del seguro, aunque todos los papeles sí tendrán que estar en regla.
- El descuento por pronto pago pasará a ser del 50% y como novedad se podrá pagar con tarjeta de crédito en el momento que sea interpuesta la sanción.
- Además todo lo que se recaude por las sanciones de tráfico se destinará a la seguridad vial, se utilizará para llevar a cabo acciones como la eliminación de los puntos negros o la supresión de los quitamiedos peligros.
Fuente: El Mundo