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2011 26 Ene

Para conducir por la vía pública es necesario tener un seguro para circular en vehículo por la vía pública. Por este motivo es un costo fijo a tener en cuenta dentro de los gastos de mantenimiento de un coche.

Ahora bien, veamos qué es un seguro obligatorio. Tal como su nombre lo indica, es el seguro que obligatoriamente todos los vehículos de motor, incluidos los ciclomotores y los remolques deben tener por ley al día para circular. Este también puede conocerse como seguro de responsabilidad civil debido precisamente a la obligatoriedad o también como seguro contra terceros. Este tipo de cobertura cubre todos los daños que se generen en el caso que el asegurado sea el responsable de un accidente de tráfico y cubre los daños materiales y físicos que sufran los terceros. Cuando hablamos de terceros nos estamos refiriendo no sólo a las víctimas del accidente sino también a los ocupantes del vehículo asegurado.

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar se hace cargo de los daños cuando existe un accidente donde se encuentra implicado un vehículo sin asegurar.

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Javier Merino
Profesor de Formación Vial

2011 24 Ene

En el caso de que hayamos perdido parte o la totalidad de los puntos, resultará preciso realizar unos cursos que permitan recuperar los puntos perdidos o el permiso o licencia.

Existen dos tipos de cursos.

1) Cursos para aquellos conductores que han perdido una parte del crédito inicial de puntos:

- Recuperación de, como máximo, 6 puntos. Se podrá hacer como máximo un curso cada 2 años.
- Los conductores profesionales pueden realizar el curso anualmente.
- Duración 12 horas.
- Es necesaria la realización y superación del curso con aprovechamiento satisfactorio.

También existe la opción de que los titulares de permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperen todos los puntos (12) si transcurren 2 años sin haber sido sancionados por la comisión de infracciones que comporten pérdida de puntos.

Este plazo se alarga a 3 años, cuando la pérdida de alguno de los puntos se debiera a una infracción muy grave.

2) Cursos para aquellos conductores que han perdido todos los puntos:

- Obtención del permiso o licencia perdidos.
- No se puede obtener el nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos 6 meses desde la notificación por la Administración de su pérdida.
- Los conductores profesionales pueden obtener el nuevo permiso o licencia de conducción transcurridos 3 meses desde la notificación por la Administración de la pérdida de vigencia del permiso.
- Su duración será de 24 horas.
- Es necesaria la realización y superación del curso con aprovechamiento satisfactorio y además la superación de una prueba teórica de control de conocimientos en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico.

En la actualidad los cursos son impartidos por la Confederación Nacional de Autoescuelas en algunos centros concertados. Desde mi punto de vista son pocos los centros abiertos para recuperar puntos. Por ejemplo, en Córdoba son solo 4 centros, dos en la capital, uno en la zona Norte y otro en la zona Sur. ¿Qué ocurre si pierdo todos mis puntos? ¿Cómo me desplazo a otra localidad a hacer el curso de recuperación de puntos? Como mínimo todas las poblaciones que tengan una autoescuela deberían de tener un centro para poder recuperar puntos y poder dar ese servicio a los ciudadanos.

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Javier Merino
Profesor de Formación Vial

2011 21 Ene

En este vídeo veremos los motivos por los cuales se pierden 3 puntos y también la pérdida de puntos que podemos tener si superamos los límites de velocidad en España.

El titular de un vehículo debe actuar con la máxima diligencia para evitar los riesgos que conlleva su utilización. Esto incluye el mantenimiento del vehículo en las condiciones legales y reglamentariamente establecidas. Además, debe:

Impedir que el vehículo sea conducido por quienes nunca hubieren obtenido el permiso o la licencia de conducción correspondiente.
Facilitar la identidad de la persona que conducía el vehículo en el momento de cometerse la infracción.
Responder en todo caso de las infracciones por estacionamiento, salvo que se indique un conductor responsable del hecho.
Responder en todo caso de las infracciones relativas a la documentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo.

El conductor es el responsable de la infracción. En ocasiones, el conductor también es responsable, aunque no sea el infractor:

• El conductor del vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero, será responsable por la no utilización del casco de protección por el pasajero, así como por transportar pasajeros menores de 12 años.
• El conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil

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Javier Merino
Profesor de Formación Vial

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