
Finalmente, ayer 1 de septiembre, entró en vigor el nuevo permiso de ciclomotores AM, y con su entrada en vigor también se ha aumentado en un año la edad mínima para obtener el permiso de conducir, desde ayer el permiso para conducir ciclomotores se podrá obtener desde los 15 años.
Esta medida de aumentar la edad mínima para conducir ciclomotores ha generado mucha polémica, y hay quien se muestra a favor de la medida al considerar que aumentará la seguridad vial, pero también son muchos los que se manifiestan en contra, entre ellos el colectivo de las autoescuelas.
Entre quienes se muestran en contra de esta medida se encuentra la Asociación Profesional de Profesores de Formación Vial en Albacete, y su presidente Gerardo Moreno explica que “No estamos de acuerdo con esta medida, porque no encontramos una lógica a que se haya cambiado la edad de los 14 a los 15 años, que es un año de diferencia. El que se saca el carné sigue siendo menor de edad y prácticamente tiene los mismos conocimientos”.
Desde la Asociación creen que con esta medida se puede econtrar un efecto contrario al buscado y los jóvenes opten por obtener directamente el permiso A1 a los 16 años, que les permitiría conducir directamente motocicletas de 125 centímetros cúbicos y con el que podrán transportar pasajeros, algo que con el permiso AM no pueden hacer hasta cumplir la mayoría de edad.
Pero los profesores de autoescuela también se muestran a favor de algunas de las novedades que implica el nuevo permiso AM, desde ayer los alumnos que se examinen para obtener el permiso para conducir ciclomotores tienen que hacer u examen práctico en circuito, algo que sin duda sí mejorará la preparación de los jóvenes.

Ya te hemos explicado en que consiste el nuevo permiso de ciclomotores AM, que entre sus novedades eleva la edad para poder conducir ciclomotores de los 14 a los 15 años.
A partir del próximo 1 de septiembre entrará en vigor este nuevo permiso y con ello se elevará la edad mínima para conducir ciclomotores, aunque los menores que ya hayan aprobado el examen teórico antes del 1 de septiembre podrán obtener el permiso sin esperar a cumplir los 15 años.
En las autoescuelas esperan que durante este mes haya muchos jóvenes de 14 años que acudan a la autoescuela para evitar tener que esperar un año antes de obtener el permiso de ciclomotor.
Otra de las novedades que entrará en vigor el 1 de septiembre es que los jóvenes tendrán que esperar a cumplir la mayoría de edad para poder transportar pasajeros en el ciclomotor, una medida que según Javier Saralegui, presidente de la Asociación Provincial de Autoescuelas de Navarra (Apana), se debe a que “Se ha visto que los chavales con 14 años aún no tienen la madurez adecuada y que sólo con la edad vas moderando tu actitud al volante. En teoría los ciclomotores no cogen más de 45 kilómetros por hora, pero en la realidad superan esa velocidad, por lo que se pueden producir accidentes graves”.

Como ya hemos comentado en varias ocasiones el pasado 25 de mayo entró en vigor la nueva Ley de Seguridad Vial y hoy vamos a hablar sobre quién recae la responsabilidad de las infracciones con esta nueva ley.
Como norma general, la responsabilidad por las infraciones cometidas recaerá directamente en el autor de la misma, aunque hay varias excepciones.
Serán responsables de infracciones:
- El conductor de una motocicleta, de un ciclomotor, de un vehículo de 3 o 4 ruedas no carrozados o de cualquier otro vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero será responsable por la no utilización del casco de protecición por el pasajero, así como por transportar pasajero, así como por transportar a menores que no tengan la edad mínima exigida.
- El conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil, No obstante, los conductores profesionales, cuando presten servicio público a terceros, no serán responsables del incumplimiento de esta norma por parte de los ocupantes del vehículo.
- Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de 18 años, en este caso sus padres, tutores, acogedores o guardadores legales o de hecho responderán de forma solidaria con él a la multa impuesta.
- Cuando el vehículo que ha cometido la infracción no se haya podido detener será responsable el conductor identificado por el titular o el arrendatario a largo plazo.
- En las empresas de aquiler de vehículos será responsable el arrendatario del vehículo. En caso de que el arrendatario manifieste no ser el conductor, o fuese persona jurídica, le corresponderán las obligaciones establecidas para el titular.
- Los titulares de los talleres mecánicos o establecimientos de compra venta de vehículos mientras el vehículo que ha cometido la sanción se encuentre allí depositado.
- El titular o el arrendatario a largo plazo, en que supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones relativas a la dicumentación del vehículo, a los reconocimientos periódicos y a su estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo. También será responsable por estacionamiento, salvo que se haya indicado al conductor responsable de la infracción.