
El pasado viernes 26 de marzo el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se flexibilizan algunas de las actividades de las autoescuelas.
Principales cambios en las autoescuelas por la Directiva de Servicios:
- Se elimina la doble autorización de apertura y de funcionamiento, para que las autoescuelas comiencen a funcionar a partir de ahora bastará con una única autorización de apertura.
- La autorización de apertura será válida para todo el país, y el titular de dicha autorización podrá abrir secciones o sucursales en cualquier provincia española, algo que hasta ahora no era posible.
- Las autoescuelas tendrán que comunicar el inicio de su actividad al Registro de Centros de Formación de Conductores o a los Registros de aquellas comunidades autónomas que tengan transferidas competencias en la materia.
- Las autoescuelas se podrán dedicar a otras actividades ya que se ha eliminado la prohibición que impedía que los vehículos de autoescuelas se dedicaran a alguna otra actividad lucrativa.
- A partir de ahora se pasará de necesitarse un mínimo de dos profesores de formación vial a uno sólo, al igual que sólo será necesario disponer de un vehículo por cada modalidad de permiso de los que se imparta formación práctica.
- Siempre que se comunique previamente a la Jefatura de Tráfico donde se vayan a prestar servicios podrán ejercer como director o profesor de autoescuela personas que estén establecidas en otros países de la Unión Europea.
Quien quiera ampliar la información puede consultar el Real Decreto 369/2010, por el que se modifica el Reglamento de las Escuelas Particulares de Conductores

Hemos comentado en varias ocasiones el descontento generalizado que existía en las autoescuelas por la Ley Ómnibus que pretendía liberalizar la enseñanda teórica del permiso de conducir.
Los primeros en mostrar su desacuerdo contra la Ley Ómnibus fue la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE), a la que siguieron las Asociaciones de Automovilistas e incluso se llegó a plantear una huelga de autoescuelas.
El descontento del sector se basaba fundamentalmente en dos puntos:
- La pérdida de la calidad de la enseñanz al poder se impartidas las clases teóricas sin la titulación necesaria que hasta ahora era requerida
- La pérdida de puestos de trabajo en el sector, que incrementaría aún más la grave crisis por la que atraviesa el sector.
Ahora que se han aprobado las enmiendas a la Ley Ómnibus que afectaban al sector de las autoescuelas no es de extrañar que el sector haya mostrado su alegría y se muestren satisfechos y aliviados al verse fuera de esta polémica ley.
Uno de los primeros en mostrar su satisfacción ha sido José Miguel Báez, Presidente de la CNAE, que ha afirmado “Tenemos que felicitarnos y dar las gracias a todos los que han colaborado, tanto de la casa como del exterior de CNAE. Por fortuna, nuestras peticiones llegaron a buen puerto”. Las diferentes asociaciones de autoescuelas también se sienten satisfechos, por ejemplo Juan Belizón, Presidente de la Asociación Gaditana de Autoescuelas, también ha mostrado su alegría por estas enmiendas y ha declarado “con lo que seguimos como estábamos, sin que se pueda dar teórica en cualquier sitio, salvo en las autoescuelas”.

Mucho hemos hablado sobre la “Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio” más conocida como Ley Ómnibus, esta ley afecta directamente a las autoescuelas al modificar la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Concretamente la Ley Ómnibus planteaba la posibilidad de que se liberalizara la enseñanza teórica del permiso de conducir, es decir que las clases teóricas de autoescuela no se tenían que impartir necesariamente en las autoescuelas. Pero finalmente, el pasado 29 de octubre la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una serie de enmiendas relacionadas directamente con la parte que afecta a las autoescuelas.
¿Cómo ha quedado la Ley Ómnibus?
Tras la aprobación de las enmiendas planteadas en el Congreso de los Diputados se han producido unas serie de modificaciones en el texto inicial de la Ley Ómnibus.
La modificación más importante es que han desaparecido las alusiones a la creación de centros de formación exclusivamente teórica, que de haber permanecido como en un principio se habían planteado no hubieran necesitado de autorización previa para su apertura, autorización que va a seguir siendo necesaria.
Otra importante modificación que se ha introducido en la Ley es que la autoridad de referencia de los centros de formación vial o escuelas de conductores serguirá siendo el Ministerio de Interior, Ministerio del que actualmente también depende la Dirección General de Tráfico, y no el Ministerio de Economía como al principio se planteaba en la Ley Ómnibus.
En definitiva podemos decir que a grandes rasgos todo seguirá como hasta ahora para las autoescuelas.