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2012 5 Ene

guardia-civil

Con el nuevo año llega el momento de hacer balance del año que dejamos atrás. El otro día hacíamos balance de la seguridad vial durante el 2011 y hoy lo hacemos sobre los delitos contra la seguridad vial en la Comunidad Valenciana.

Sólo en la Comunidad Valenciana se ha detenido durante el 2011 a 3801 conductores como presuntos autores de delitos contra la seguridad vial.

Los delitos más habituales entre los conductores valencianos se encuentran conducir bajo los efectos del alchol, por este motivo se ha detenido a 2558 conductores, conducir sin permiso o licencia, motivo por el que fueron detenidos 1236 conductores mientras que por conducir con exceso de velocidad fueron puestos a disposición judial 7 conductores.

El balance de delitos contra la Seguridad en la Comunidad Valenciana por provincias es el siguiente:

  • Alicante: ha habido 527 delitos por conducir sin permiso o sin licencia y 933 por conducir tras haber consumido alcohol
  • Castellón: se han cometido 185 delitos por conducir sin licencia o sin permiso, 316 delitos por conducir bajo los efectos del alcohol y 2 delitos por exceso de velocidad
  • Valencia: se han cometido 527 delitos por conducir sin permiso de condución o licencia de conducir, 1309 delitos por conducción tras el consumo de alcohol y 5 delitos de exceso de velocidad.

Esperamos que durante el 2012 los conductores estén más concienciados y se reduzca el número de delitos contra la seguridad vial.

2012 4 Ene

señales

Cataluña tiene competencias en materia de tráfico, pero eso no le exime de cumplir la normativa vigente en cuanto a las señales de tráfico, que establece que las señales deben estar en los dos idiomas oficiales de la Comunidad, y esta normativa no se está cumpliando y muchas señakes sólo están en catalán.

Al no cumplirse la normativa y al estar las señales sólo en catalán, cualquier persona que haya sido sancionada en Cataluña puede recurrir la multa y exigir que se le devuelva la sanción ya que las señales no están adaptadas a la legalidad. De hecho ya hay casos en los que conductores multados a los que el Ayuntamiento de Barcelona les ha tenido que retirar la sanción por este hecho.

Un conductor aparcó su vehículo en una calle de Barcelona que estaba señalizada con un rótulo de prohibido parar y estacionar y un texto que sólo aparecía en catalán, el coche fue retirado por la grúa y además se le interpuso una sanción, pero el conductor, como el texto sólo estaba en catalán, decidió interponer un recurso ante el Consitario en el que solicitaba que le retiraran la sanción alegando que: “La señal del Ayuntamiento de Barcelona en la que se indicaba que no se podía estacionar el vehículo estaba escrita exclusivamente en catalán, incumpliendo el artículo 56 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece que “las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en el idioma español oficial del Estado”; también incumple el artículo 138 del Reglamento General de Circulación, que indica que “las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones, figurarán en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la comunidad autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad”.

El resultado fue la contestación del Ayuntamiento de Barcelona en la que se le notificaba que “efectuadas las comprobaciones oportunas, se ha procedido a anular la sanción impuesta por infracción en los preceptos de la Legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial”.

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2011 13 Jul

infracciones extranjero

Hasta ahora cuando viajábamos al extranjero, o cuando los exrtanjeros viajan a España, nos daba cierto permiso para cometer infracciones, porque sabíamos que iban a quedar impunes, pero esto, afortunadamente para la Seguridad Vial ha cambiado.

El Parlamento Europeo ha aprobado una directiva por la que se reforzará el intercambio de información entre países para asegurar que las multas lleguen al infractor con independencia del país donde haya cometido dicha infracción.

A pesar de esta normativa, habrá sanciones que quedarán sin su correspondiente castigo, las multas de aparcamiento quedarán excluidas, aunque sí se aplicará a infracciones como el exceso de velocidad, no llevar el cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas, utilizar el móvil al volante, no utilizar el casco, no respetar la distancia de seguridad o circular por un carril no permitido.

Con esta nueva directiva aprobada por el Parlamento Europeo, las autoridades del país donde el infractor tiene matriculado el vehículo debe comunicar los datos del conductor del vehículo al país donde haya cometido la infracción, y este le enviará una carta a dicho conductor, en su idioma, en la que le informará de la infracción cometida y del importe de la sanción.

Una vez que se cierre el procedimiento se eliminará la información del infractor.

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