Si realiza una parada en una vía urbana, que no es travesía, y la iluminación permite a otros usuarios distinguir su vehículo a una distancia suficiente ¿es necesario mantener encendido algún alumbrado?
- a) No, no es obligatorio.
- b) Sí, el alumbrado de posición.
- c) Sí, el alumbrado de posición, pudiendo sustituirlo por las luces de estacionamiento.
Respuesta:B
Explicación:
La parada en una vía urbana, que no es travesía, implica la luz de posición, siempre y cuando se realice de noche, aunque la calle que se elija esté perfectamente iluminada y permita distinguir el vehículo a una distancia suficiente.
Cuando realicemos un estacionamiento entonces sí podremos, si lo deseamos apagar la luz de posición siempre y cuando se siga cumpliendo el requisito de que el vehículo es distinguido a una distancia suficiente.
La posibilidad de sustituir el alumbrado de posición por el de estacionamiento, o bien, por las luces de posición correspondientes al lado de la calzada, sólo podremos aplicarla cuando la parada o el estacionamiento se prodruzca en línea y en travesía.
El Reglamento General de Circulación dice:
- Todo vehículo que, por cualquier circunstancia, se encuentre inmovilizado entre la puesta y a salida del sol o bajo las condiciones a que se refiere el artículo 106, en calzada o arcén de una vía, deberá tener encendidas las luces de posición y, en su caso, las de gábilo.
- En vías urbanas que no sean travesías no será obligatorio que los vehículos estacionados tengan encendidas las lices de posición cuando la iluminación permita a otros usuarios distinguirlos a una distancia suficiente.
El conductor que circule por un carril habilitado en sentido contrario al habitual, ¿está obligado a encender algún tipo de alumbrado?
- a) Sí, pero sólo si es de noche.
- b) Sí, al menos debe llevar encendida la luz de posición, tanto de día como de noche.
- c) Sí, al menos debe llevar encendida la luz de cruce, tanto de día como de noche.
Respuesta correcta: C
Explicación:
Los conductores de los carriles habilitados en sentido contrario al habitual deberán llevar encendidas, al menos, las luces de cruce para poder ser vistos con mayor facilidad ya que están en la calzada del sentido contrario separados de los vehículos que circulan en su sentido tan sólo por una fila de conos.
Estos conductores que sí circulan en su sentido y que ven que se ha habilitado a su lado, en el carril contiguo, un carril en sentido contrario al habitual, también deberán llevar, al menos, la luz de cruce encendida con la misma finalidad de ser vistos.
Es decir, los conductores que circulen por los dos carrilles que comparten la fila de conos deben llevar encendida la luz de cruce para garantizar, por visibilidad, la seguridad de la conducción. Si hay más carriles, pero no tocan al habilitado en sentido contrario al habitual, no estarán obligados a llevar encendido ningún tipo de alumbrado, salvo que sea de noche, o lo aconsejen las condiciones meteorológicas.
Si el reglaje de las luces de su vehículo está demasiado bajo…
- a) Se tardará más tiempo en percibir de noche un obstáculo en la calzada.
- b) Se tardará menos tiempo en percibir de noche un obstáculo en la calzada.
- c) No afectará al tiempo necesario en percibir de noche un obstáculo en la calzada.
Respuesta correcta: A
Explicación:
El reglaje de las luces es un tema muy importante y que debe ser tratado en las autoescuelas porque la un número importante de accidentes nocturnos guarda una estrecha relacción con la mala disposición de los elementos luminosos del vehículo, problema que se agrava si tenemos en cuenta que el 40% de los vehículos circulan con el alumbrado mal reglado.
Si los faros están mal reglados los posibles obstáculos de la calzada se perciben más tarde, lo que hace que tengamos menos tiempo para esquivar por lo que el golpe se produce a mayor velocidad lo que a su vez provoca consecuencias más graves que si hubiéramos detectado el obstáculo con anterioridad.
Este motivo del mal reglaje del alumbrado se prevee en el Reglamento General de Circulación, de ahí que para paliar esta circunstancia su texto dice que “los conductores deberán circular a una velocidad que les permita detenerse dentro de zona iluminada”.
Fuente: Comentarios sobre preguntas de Roberto Ramos.