
Durante este fin de semana, desde las 15 horas del viernes 20 de agosto hasta las 24 horas del domingo 22, se han producido un total de 7 accidentes con resultado mortal en los que han perdido la vida 8 personas, además también hay que lamentar 11 heridos, 6 heridos graves y 5 leves.
A pesar de que 8 muertes en las carreteras son muchas, este dato es positivo si lo comparamos con las muertes que se produjeron en el mismo fin de semana del 2009, cuando perdieron la vida 18 personas, más del doble que en este.
El peor día en cuanto a siniestralidad del fin de semana tuvo lugar el sábado, cuando perdieron la vida 4 personas, la mitad de las víctimas mortales de todo el fin de semana, y 9 resultaron heridas, 4 graves y 5 leves.
En la jornada del viernes fallecieron 2 personas y rersultaron heridas otras dos personas de carácter geave. Mientras que el domingo murieron 2 personas en un único accidente.
Del total de 7 accidentes con resultado mortal, 4 de ellos han sido colisiones, además ha habido una salida de la vía, un atropello a un peatón y otro a un animal. En cuanto a las causas de los accidentes la más presente han sido las distracciones al volante, que han causado 3 de los siniestros, el cansancio o el sueño ha provocado 2 de los accidentes, otro ha sido producido por exceso de velocidad y el restante a sido motivado por otro tipo de infracciones.
En lo que va de año, han perdido la vida 1.057 personas en accidentes de tráfico, 214 menos que en la misma fecha del año anterior, lo que supone un descenso del 16,83%.
Todos tenemos que seguir contribuyendo para que baje el número de víctimas mortales en los accidentes de tráfico.
Si circulamos detrás de un camión que va a una velocidad anormalmente reducidad debido a una avería, ¿está permitido adelantarlo en línea contínua?
- a) No, está prohibido atravesar la línea contínua
- b) Sí, porque va a una velocidad anormalmente reducida.
- C) Sí, para evitar que la circulación se congestione.
Respuesta: A
Explicación:
Esta pregunta puede dar lugar a confusión porque en el Reglamento General de Circulación hay dos artículos distintos que nos la pueden generar.
¿Qué dice el Reglamento General de Circulación?:
Art. 86.Obligaciones del conductor del vehículo adelantado:
3. Los conductores de vehículos pesados, de grandes dimensiones u obligados a respetar un límite específico de velocidad deberán bien aminorar la marcha o apartarse cuanto antes al arcén, si resulta practicable, para dejar paso a los que le siguen, cuando la densidad de la circulación en sentido contrario, la anchura insuficiente de la calzada, su perfil o estado no permitan ser adelantado con facilidad y sin peligro.
Art. 88. Vehículos inmovilizados.
1. Cuando en un tramo de via en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomototes, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.
Si analizamos detenidamente estos artículos llegaremos a la conclusón de que si existe una línea contínua y hay un camión, no podremos adelantarlo hasta que la prohibición de adelantamiento haya terminado.

Hasta ahora muchos conductores extranjeros que excedían los límites de velocidad se “iban de rositas” aunque un radar fijo hubiera detectado su exceso de velocidad, pero ahora los conductores extranjeros también tendrán que abonar sus multas.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un sistema que permitirá multar a los conductores extranjeros que excedan la velocidad y sean “pillados” por un radar fijo, algo que hasta ahora no era posible.
Se ha instalado un adaptador en cuatro radares fijos que les hará funcionar de una forma similiar a la que lo hacen los radares móviles.
Cuando el radar detecte que un vehículo con matrícula extranjera ha sobrepasado el límite de velocidad se notificará y se le enviará una fotografía a los agentes de tráfico más cercanos. A pocos kilómetros de donde el conductor haya cometido la infracción le estarán esperando los agentes de tráfico para notificarle la sanción y proceder al cobro.
Los radares elegidos para implantar este nuevo sistemas son los situados en la AP-7 en Castellón, en la A-7 en Murcia, en la A-31 en Alicante y en la A-52 en Zamora, y se han elegido precisamente estos porque se ha comprobado que es donde se dan en torno el 30% de las infracciones cometidas por los conductores con matrícula extranjera, porcentaje que se incrementa en un 40% en los meses de verano.
Seguro que con esta medida los conductores extranjeros se lo piensan más antes de convertir nuestras carreteras en un circuito de velocidad.