Ya os comentamos que la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) iba a recurrir la nueva normativa para pasar al permiso A, y ahora la CNAE ya ha remitido al Observatorio Nacional de Seguridad vial de la Dirección General de Tráfico (DGT) un informe en el que figuran sus alegaciones al Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los centros autorizados que impartirán los cursos para el acceso progresivo al permiso A.
Desde la CNAE creen que los centros donde se impartan los cursos par la obtención del permiso A se debería contar, tanto con un director como un profesorado que hayan demostrado, mediante la superación de pruebas objetivas, todas y cada una de las tres cosas que resultan necesarias: los conocimientos, la aptitud pedagógica son tan importantes como la experiencia práctica y con esta normativa consideran que cualquiera, o casi, pueda convertirse en formador de los aspirantes a conducir.
Desde la CNAE piden a la DGT que el Proyecto de Real Decreto no se siga tramitando y no se apruebe nunca ya que la legalidad, y, lo que es más importante, la seguridad vial, tienen mucho que perder si la norma llega a publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Pero… ¿las autoescuelas que cumplan los requisitos necesarios cómo pueden recibir la autorización de la DGT par impartir estos cursos?
Autorización e inscripción de los centros de formación para impartir los cursos del permiso A:
Lo primero que tienen que hacer las autoescuelas que quieran impartir estos cursos es solictar la autorización correspondiente en la Jefatura Provincial de Tráfico donde quieran impartir los cursos.
Además de la solicitud se deberán presentar los siguientes documentos:
Documento de identificación del titular y del responsable de la gestión, si se trata de diferentes personas.
La acreditación de haber realizado cursos de conducción segura durante un mínimo de dos años.
Acreditación de que los locales cumplen con los requisitos exigidos
Acreditación de que se dispone de terrenos cerrados a la ciruculación para realizar las prácticas.
Relación con todos los instructores adscritos al centros en la que debe figurar el nombre y apellidos, su número de identificación, la fecha en la que obtuvo el permiso A y la documentación que acredite su titulación y experiencia como profesor.
Relación de las motocicletas disponibles
Acreditación del seguro de responsabilidad civil.
Una vez que la Jefatura Provincial de Tráfico examine todos los documentos aportados por la autoescuela, y en caso de que todo esté correcto, se inscribirá a la autoescuela en el registro y se le asignará un número que deberá hacer constar en todos los certificados de aprovechamiento del curso que expida.
En la autorización, de la que una copia se debe exponer en el local del centro, aparecerá el nombre de la autoescuela, su número de inscripción en el registro, el domicilio, el nombre del titular y del responsable de gestión, los instructores y los vehículos que posee.
En caso de que se produzcan cambios en los datos que aparecen en la autorización de la autoescuela se deberán notificar antes de 1o hábiles a ja Jefatura Provincial de Tráfico.
Ya sabes que será necesario un nuevo curso de formación para obtener el permiso A, y los centros donde se pueden impartir estos nuevos cursos tienen que estar autorizados por la Dirección General de Tráfico.
Pero… ¿Qué requisitos serán necesarios para que la DGT autorice a los centros de formación a impartir la formación necesaria para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A?
Requisitos de los centros de formación para poder impartir los cursos para la obtención del permiso de conducir A:
El primer requisito que deberán cumplir las autoescuelas y centros que quieran impartir estos cursos es que se hayan impartido durante un mínimo de 2 años cursos de conducción segura para motoristas.
Los centros tendrán que tener un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que se puedan producir con las prácticas de conducción y circulación. Cada moto debe estar asegurada por una póliza que cubra la responsabilidad civil ilimitada del alumno, así como los danños causados, en cualquier circunstancia, a su persona y a sus bienes.
Además también tendrán que contar con unos elementos personales y materiales mínimos.
Elementos personales mínimos de los centros de formación del permiso A:
Un titular
Un responsable de la gestión de los cursos
Un instructor que tendrá que ser titular de permiso de conducción de la clase A inscrito en el Registro de Conductores e Infractores de la DGT, con una antigüedad mínima de un año. Tiene que poseer el certificado de aptitud de Profesor de formación vial o de Profesor de Escuelas Particulares de Conductores, o acreditar haber ejercido una actividad formativa de motoristas en un centro de formación. Se le exige una experiencia de al meno dos años en la enseñanza práctica de la conducción de motocicletas de las que autoriza a conducir el permiso de las clases A2 o A. No estar condenado por sentencia firme a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni tener declarada la pérdida de vigencia de su permiso de conducción.
Elementos materiales mínimos de los centros de formación del permiso A:
Un local adecuado para impartir la formación teórica y que cumpla con los requisitos de accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Un terreno cerrado al tráfico que cuente con las condiciones necesarias para realizar prácticas.
Dos motocicletas
El material adecuado para la enseñanza de la realización de las maniobras y de la teoría de la conducción de motocicletas de gran cilindrada y, en su caso, el equipo necesario para proyectarlo.