¡¡¡Novedad!!! INTERCOMUNICADOR BLUETOOTH PARA MOTOCICLETA Y TURISMO - AUTOESCUELAS

Navegando Maniobras's Archivo »»

Conducir un vehículo con una sola mano ¿es seguro?

  • a) Sí, si hay poco tráfico y circulamos en línea recta
  • b) No, no es seguro ya que, ante cualquier imprevisto, el conductor no podrá cambiar de dirección con eficacia.
  • c) Sí, porque así el conductor se fatiga menos

Respuesta: B

Explicación:

Muchos asocian conducir con una sola mano con la destreza al volante. Conducir con una mano, mientras no ocurra ningún imprevisto, es físicamente posible, por supuesto, y no hay que tener ninguna habilidad especial para ello. No obstante, en el momento que suceda un imprevisto y debamos esquivar un obstáculo en la calzada como un animal o un vehículo que invada nuestro carril por una distracción, nuestras capacidades para maniobrar quedan reducidas.

Cuando en la carretera sucede un imprevisto el conductor necesita todas sus capacidades y las dos manos en el volante son fundamentales para nuestra seguridad.

¿Qué dice el Reglamento General de Circulación?:

Art. 3. Conductores:

1. Se deberá conducir con la diligencia y preucación necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del veehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario.

¿Es correcto bajarse del vehículo mientras realiza una parada?

  • A) Sí, siempre y cuando no se abandone el vehículo
  • B) No está prohibido
  • C) Sí, siempre y cuando no nos vayamos más de 2 minutos del lugar de la parada

Respuesta: A

Explicación:

Esta pregunta pueda dar lugar a muchas confusiones, pero aunque muchos piensen lo contrario, sí podemos bajarnos del vehículo mientras realizamos una parada.

Para contestar esta pregunta primero tenemos que saber qué se entiende por parada, y la Ley de Tráfico y Seguridad Vial la define como ” Inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos sin que el conductor pueda abandonarlo.”

Aunque la Ley nos dice que no podemos abandonar el vehículo si hacemos una parada, no nos dice que no nos podamos bajar de él, eso sí, cuando nos bajemos del vehículo no lo podemos perder de vista, ya que si dejamos el lugar donde hemos realizado la parada estaríamos abandonando el vehículo.

Es decir, se puede realizar una inmovilización en un lugar que no esté prohibido y apearse del vehículo, permaneciendo junto a él, durante un tiempo inferior a dos minutos, ya que esto, según la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, se considera una parada.

Si circulamos detrás de un camión que va a una velocidad anormalmente reducidad debido a una avería, ¿está permitido adelantarlo en línea contínua?

  • a) No, está prohibido atravesar la línea contínua
  • b) Sí, porque va a una velocidad anormalmente reducida.
  • C) Sí, para evitar que la circulación se congestione.

Respuesta: A

Explicación:

Esta pregunta puede dar lugar a confusión porque en el Reglamento General de Circulación hay dos artículos distintos que nos la pueden generar.

¿Qué dice el Reglamento General de Circulación?:

Art. 86.Obligaciones del conductor del vehículo adelantado:

3. Los conductores de vehículos pesados, de grandes dimensiones u obligados a respetar un límite específico de velocidad deberán bien aminorar la marcha o apartarse cuanto antes al arcén, si resulta practicable, para dejar paso a los que le siguen, cuando la densidad de la circulación en sentido contrario, la anchura insuficiente de la calzada, su perfil o estado no permitan ser adelantado con facilidad y sin peligro.

Art. 88. Vehículos inmovilizados.

1. Cuando en un tramo de via en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomototes, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.

Si analizamos detenidamente estos artículos llegaremos a la conclusón de que si existe una línea contínua y hay un camión, no podremos adelantarlo hasta que la prohibición de adelantamiento haya terminado.

Página 3 de 13«12345»...Última »