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chinos

Por desgracia las noticias sobre fraudes para obtener el permiso de conducir son más habituales de lo que deberiean.

En esta ocasión han sido sorprendidos en Málaga once chinos copiando con relojes espía en el examen de conducir.

Estos aspirantes a obtener el permiso de conducir fueron sorprendidos en los exámanes libres, que se realizan los jueves, en los que participan las personas que se presentan sin haber pasado antes por las aulas de una autoescuela. Los agentes de la Guardia Civil que los vigilaron se percataron que de de las 20 personas que se presentaban al examen 11 de ellas llevaban el mismo reloj y además las 11 eran de nacionalidad china pero procedentes de diferentes puntos de España.

Cuando los agentes de percataron de esto avisaron a los responsables de la Jefatura Provincial de Tráfico y decidieron dejarles hacer el examen para ver como actuaban.

El método que utilizaban era muy sencilo, en el reloj estaban las 30 preguntas de un test de los posibles que pueden caer en el examen, los aspirantes contestan con las respuestas correctas para ese test , aunque no coincidan con las del examen que les ha tocado, y cuando llega el momento de su correción el sistema informático los considera aptos al verificar que las 30 respuestas son correctas, aunque sean las de otro test.

Según explicó Trinidad Hernández, jefa de Tráfico en Málaga, sobre los relojes “Eran exactamente iguales. En todos ponía ‘Cartiers’ y Japan. Son unos relojes deportivos, grandes. Con darle a un botoncito, aparecen en la pantalla las respuestas del examen”, “Según cómo orientes la pantalla, pueden verse las agujas del reloj o la solución al test”

Fuente: sur.es

Que los ocupantes del asiento trasero de un turismo no lleven abrochado el cinturón de seguridad, ¿es peligroso?

  • a) Sí, tanto para ellos mismos como para el resto de ocupantes del vehículo que sí lleven abrochado el cinturón.
  • b) Sí, pero solamente para ellos ya que, en caso de colisión, colisionarían con la parte interior del vehículo.
  • c) Sí, para los ocupantes del asiento trasero pero no para los del asiento delantero.

Respuesta: A

Explicación:
El uso del cinturón de seguridad es obligatorio en todas las plazas del vehículo, y además los conductores deben asegurarse de que los ocupantes del asiento trasero lleven perfectamente abrochado el cinturón de seguridad, por la seguridad del propio conductor y por la del resto de ocupantes del vehículo.

Si los ocupantes del asiento trasero de un turismo no llevan correctamente abrochado el cinturón de seguridad, en caso de accidente, sufrirán graves lesiones y además se las infringirán al resto de pasajeros.

Ejemplo:

Un pasajero pesa 75 kg y viaja sin cinturón el asiento trasero de un turismo que circula a 100 km/h.

Esta persona posee una energía cinética que equivale a un objeto de 1.000 kg que se mueva a casi 30 kg/h. En caso de colisión, si su cuerpo continúa con su velocidad inicial y se mueve por todas las direcciones dentro del vehículo aplastará y golpeará con violencia a los ocupantes de los asientos traseros y delanteros y, muy probablemente, pueda llegar a romper alguna ventanilla del vehículo y salir despedido al exterior.

En una curva de visibilidad reducida, ¿está permitido adelantar?

  • a) No, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario.
  • b) No, salvo que el adelantamiento se realice a bicicletas, ciclomotores, peatones, animales o vehículos de tracción animal
  • c) Sí, si se realiza la maniobra con rapidez y no se pone en peligro a ningún usuario

Respuesta: A

Explicación:

Para explicar esta pregunta hay que remitirse al Reglamento General de Circulación.

¿Qué dice el Reglamento General de Conductores?

Art. 87. Prohibiciones.

1. Queda prohibido adelantar:
a) En las curvas y cambio de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario…

Art. 88. Vehículos inmovilizados.

1. Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.

En el primero de los puntos que hemos expuesto del Reglamento General de Circulación queda claro que se puede adelantar en una curva siempre que haya dos carriles delimitados para el mismo sentido y no sea necesario invadir el sentido contrario para realizar el adelantamiento.

En el segundo de los puntos se plantea la posibilidad de adelantar a bicicletas, ciclomotores, peatones, animales o vehículos de tracción animal si circulan muy despacio, pero para ello primero nos tenemos que asegurar de que se puede realizar sin peligro y en una curva de visibilidad reducida no nos podemos asegurar de que no vengan coches en sentido contrario por lo que tendremos que esperar para realizar el adelantamiento.

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