Novedad!!! SIMULADOR DE CONDUCCION LOW COST- ESCUELAS DE MANEJO

Navegando leyes de tránsito's Archivo »»

De acuerdo a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de agosto de 2008 en Ecuador, los asientos infantiles deben utilizarse de una manera específica y pareciera que son muchos los conductores que no tienen conocimiento de esto, exponiendo a los menores de edad a sufrir severos accidentes de tránsito.

Indicaciones de seguridad vial infantil en Ecuador

Las indicaciones

La Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de Ecuador establece que los asientos infantiles juegan un importante papel en la seguridad vial de los niños, por lo que su uso es primordial y no debe reemplazarse. Los conductores no tienen permitido desde el punto de vista legal, transportar a menores de 12 años en los asientos delanteros. Los menores deberán ser ubicados en los asientos traseros siguiendo las medidas de seguridad reglamentarias. Asimismo, la ley también dicta que los conductores deben proveer el equipo necesario para transportar a menores de edad, infantes o personas con capacidades diferentes. Los conductores son los responsables de los actos que realicen los pasajeros especialmente los menores de edad que viajen de pie en el interior del vehículo o que se expongan a otros peligros como asomar extremidades por la ventanilla y abrir las puertas aún cuando el vehículo se encuentre en movimiento. Todas estas medidas han sido cuidadosamente estudiadas, antes de la misma sanción de la ley de tránsito, por lo que constituyen medidas de prevención que deben ser acatadas.

¿Qué sucede con los infantes?

Los informes estadísticos demuestran que los conductores no son totalmente conscientes de los daños que pueden ocasionar al no seguir las medidas reglamentarias de seguridad vial infantil. La ley de tránsito en Ecuador hace específica referencia en el caso de infantes a contar con equipos especiales (sillas) para su traslado. El alcance no está dirigido solo a los conductores, sino que esta responsabilidad incluye a los padres, quienes deben contar con este importante elemento, que constituye una medida de seguridad elemental para el cuidado de sus niños.

 

La modificación de la ley de tránsito en Chile, con respecto al consumo de alcohol tiene entre sus sanciones la cancelación de la licencia de conducir, pero previamente se cumplirán las condenas correspondientes en caso de haber manejado ebrio o bajo efectos del alcohol de acuerdo a los daños causados. Es en este punto en particular donde, si bien la intención para disminuir el consumo de alcohol es buena, es al parecer algo flexible.

Chile por menor consumo de alcohol

Sanciones por manejar ebrio o drogado

Como se ha mencionado en la publicación anterior, existe una diferencia de acuerdo a la ley de Chile entre la conducción en estado de ebriedad y la conducción bajo efectos del alcohol. Amén de dicha diferencia, proseguiré a explicar lo que sucede en caso de manejar ebrio o drogado, esto es con un nivel superior a 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre. En caso de no haber causado daños o lesiones leves, se condenará a 61 hasta 540 días de prisión con una multa de 2-10 UTM y suspensión de la licencia por dos años la primera vez, cinco la segunda y cancelación la tercera. Las lesiones graves o menos graves aumentan la pena de cárcel hasta tres años y la multa ebtre 4 y 12 UTM,  también se suspenderá la licencia por 36 meses o 5 años que será cancelada en caso de reincidencia. Si se ha causado la muerte, la pena asciende a cinco años de prisión, con una multa entre 8 y 20 UTM y la suspensión permanente de la licencia.

Cancelación de la licencia

Se interpreta esta nueva ley en Chile como cero tolerancia al alcohol. Con tres oportunidades de ser sorprendido conduciendo bajo la influencia del alcohol en un año, se cancela la licencia. Lo mismo sucede con la conducción en estado de ebriedad en 24 meses. La licencia también es cancelada al reincidir causando lesiones graves o menos graves, muerte o lesiones gravísimas. Asimismo si el director de tránsito o juez considera al infractor como una amenaza a la seguridad vial.

Conducir con la licencia cancelada, se penalizará con prisión en grado máximo y con una multa de hasta 10 UTM.

 

 

 


 

 

En Chile, ya entró en vigencia la ley 20580, modificando la ley de tránsito con respecto a las exigencias del consumo de alcohol de un conductor, quien puede encontrarse «bajo la influencia del alcohol» o bien en estado de ebriedad. Alguna diferencias sugieren que la exigencias para considerar el consumo de alcohol han disminuido.

La ley 20580 en Chile

Penalizaciones aplicadas

La nueva ley hace una distinción entre la conducción bajo influencias del alcohol que corresponde a un rango entre 0,3 y 0,8 gramos por litro de sangre y el estado de ebriedad, con un grado de alcohol superior a 0,8 gramos. De esta manera, si se ha conducido bajo la influencia del alcohol y no se han causado daños, se impondrá una multa de 1 a 5 UTM y la licencia será suspendida por tres meses. Si se causaron daños materiales, la multa entre 1 a 5 UTM será aplicada más una suspensión de la licencia por seis meses.  Las lesiones menos graves llevan a una condena en prisión de uno a veinte días, con suspensión de la licencia por nueve meses y una multa de 4 a 10 UTM. Los días de condena en prisión aumentan a 61 hasta 541 en caso de lesiones graves con una multa de 11 a 20 UTM y suspensión de la licencia de 18 a 36 meses. Si se causaron lesiones fatales la pena asciende a tres años hasta cinco años de cárcel con una multa de 21 a 30 UTM y la suspensión de 36 a 60 meses de la licencia. Asimismo se incrementa la suspensión  en caso de reincidencia a 48-72 meses. En caso de no contar con los recursos para abonar las multas, éstas se reemplazarán por trabajo comunitario y asistencia a charlas de los efectos del alcohol al conducir.

Si se conduce en estado de ebriedad o drogado en Chile, obviamente las sanciones se incrementan aunque las condenas de prisión se mantienen iguales y varía la suspensión de la licencia de conducir que puede llegar a ser cancelada por completo.  La ley 20580 no es quizás tan rigurosa como parecía.

 

 

 

Ley a favor del transporte urbano en Oaxaca

Debido a la falta de actualización las leyes de tránsito. Cualquier camión urbano que atropelle o asesine a usuarios del servicio, no se les puede hacer nada, debido a que las leyes no lo permiten, es por ello, que se quiere hacer una reforma a la ley de tránsito, informó el secretario del Transporte y Vialidad, José Antonio Estefan Garfías.

La secretaría de Vialidad y Transporte del estado hará una revisión a detalla del estado de del transporte urbano, para lanzar un veredicto acerca de la reforma de ley de tránsito del estado.

Beneficios de la nueva ley

Con la nueva reforma de ley los concesionarios del transporte urbano podrán ingresar a un programa de crédito para renovar sus unidades, siempre y cuando cumplan con el tipo de transporte que requiere la ciudad de Oaxaca.

También se estará tratando el tema de la regulación de tarifa, ya que en la ley actual no se marca nada al respecto. Es urgente se haga la reforma de ley de tránsito lo antes posible.

Muchas de las unidades actuales del transporte urbano de Oaxaca. No se encuentran debidamente reguladas. Por lo que muchas de ellas no cuentan con los permisos de operación necesarios.

En este momento la prioridad en la ley es establecer artículos, donde se pueda sancionar a los transportistas urbanos que atropellen o asesinen a un peatón en las calles de la entidad. En los últimos meses los accidentes por atropellamiento hacia peatones pro parte de los urbanos ha ido en aumento.

Es de urgencia y la ley se renueve y sea aprobada por las autoridades correspondientes lo antes posibles. Así también tratar temas relacionados con la corrupción que existe por parte de las agentes de tránsito y los transportistas.

Las leyes que actualmente existen solo benefician a los transportes urbanos, ya que son inmunes a cualquier tipo de sanción en muchos aspectos. Es hora de que eso cambie y tengan menos privilegios.

Argentina implora una nueva ley de seguridad vialTras el conocido accidente de fatales consecuencias debido a la imprudencia de «La Hiena Barrios», un boxeador famoso de Argentina, donde produjo la muerte de una mujer embarazada, se conoció el veredicto del acusado, quien podrá conducir legalmente hasta que exista una sentencia definitiva. Una propuesta de la asociación sin fines de lucro Luchemos por la Vida, consistía en incorporar los delitos contra la seguridad vial, pero aún no fue aprobada.

 

El accidente que desató polémica

El 24 de enero de 2010 en la esquina de Independencia y Ayacucho, a unas diez cuadras del centro de Mar del Plata, Argentina el boxeador conocido como «la Hiena Barrios» conducía mientras utilizaba su celular irresponsablemente, embistiendo a la embarazada que falleció y se dio a la fuga, para luego atropellar a 4 personas más que salieron ilesas. Finalmente, luego de seis horas el boxeador se entregó a la policía por sus delitos quedando detenido por 12 días. Esta conducta sumamente irresponsable debería no sólo ser juzgada sino también penalizada, incluso desde el punto de la conducción automovilística.

Una ley sensata

Con la propuesta pendiente de aprobación «Delitos contra la seguridad vial» se pretende incorporar a los códigos procesales a nivel nacional, una norma que establezca que en caso de lesiones graves o fatales a causa del conductor de un vehpiculo automotor, el Juez inhabilitará la licencia de conducir del imputado toso el tiempo que dure el proceso. Los habitantes de Argentina indignados por la libre conducción del boxeador imploran que se incluya en las leyes de tránsito una norma que proteja a los peatones de los conductores imprudentes, mediante la retención del registro de conducir y la comunicación al Registro Nacional de Antecedentes del Tránsito.

Es indignante como la misma ley protege a quienes cometen una grave falta y se dan a la fuga sin considerar siquiera el potencial peligro que constituye una persona tan imprudente frente al volante. La quita de su licencia de conducir debería ser la medida inmediata para proteger a los restantes peatones y conductores.